TodaLaLey
Inicio TodaLaLey

Textos Completos
Boletines Nacionales
Boletines Autonómicos
Boletines Provinciales

Legislación
Leyes Orgánicas
Leyes Ordinarias
Reales Decretos Leyes
Reales Decretos Legislativos
Leyes de CC.AA.

Contratos
Civiles
Mercantiles

Formularios
Administrativos
Procesales
Más formularios

Guías
Civiles
Mercantiles
Laborales
Administrativas y Procesales

Administración Pública
Admiweb
Becas
Ayudas y Subvenciones
Concursos
Empleo Público

Otros
Libros
Hoteles
Postales
Cursos, Masters y oposiciones
Canal Hipoteca
Tu Divorcio

OTROS CONTRATOS MERCANTILES
Volver a Contratos Mercantiles
6.- CONTRATO DE TRANSPORTE TERRESTRE DE MERCANCÍAS
Por el contrato de transporte el porteador se obliga al transporte de las mercancías entregadas por el cargador, obligándose este último a abonarle el precio de dicho transporte. Se reputa mercantil el contrato de trasporte por vías terrestres cuando tenga por objeto mercaderías o cualesquiera efectos del comercio, así como cuando, siendo cualquiera su objeto, el porteador sea comerciante, o se dedique habitualmente a verfificar transportes para el público.
 
Página [1] [2]


Hoteles
Hoteles Barcelona
Hoteles Madrid
Hoteles Málaga
Hoteles Mallorca
Hoteles Sevilla
Hoteles Tenerife