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LEYES DE CASTILLA LA MANCHA
Volver a Leyes de Castilla La Mancha
LEY 14/2003, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2004.
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BOE núm. 29

Martes 3 febrero 2OO4

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redistribución de los recursos y propiciando, al mismo tiempo, un crecimiento sostenible y equilibrado.

Es importante destacar que esto se consigue en un escenario de presupuesto en situación de equilibrio, con respeto, por tanto, a los compromisos contenidos en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Sin embargo, el cumplimiento de los compromisos en materia de contención del déficit y limitación del endeudamiento público no constituyen en sí mismos el objetivo de este Presupuesto. Son la consecuencia de la política presupuestaria desarrollada en estos años que permite una eficaz asignación de los recursos públicos basada en la contención de los gastos de funcionamiento para destinar el ahorro público a la financiación de inversión.

Por otra parte, es imprescindible hacer referencia a un proyecto de enorme trascendencia para Castilla-La Mancha que busca su completa definición y consolidación en el marco temporal de estos Presupuestos. En 2004 se darán los pasos esenciales para la preparación de la celebración del IV Centenario de la publicación de «El ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha». Este Centenario ha sido concebido como un acontecimiento que va mucho más allá de lo que sería una gran celebración cultural. El Gobierno de Castilla-La Mancha ha entendido que se trata de una excelente oportunidad para dar a conocer nuestra región también en aspectos tales como los económicos, comerciales, industriales, turísticos... Se trata de transmitir la imagen de Castilla-La Mancha como la de una región moderna, llena de oportunidades, idónea como escenario de inversiones, capaz de desempeñar un papel importante en los flujos económicos y comerciales de la Europa de hoy. El objetivo es proyectar la realidad de una región llena de emprendedores y de industrias consolidadas que fabrican productos diversos de primera línea y de una sociedad joven, abierta, profundamente tolerante y comprometida con el progreso.

Este Presupuesto para 2004 participa de esta filosofía e incorpora los proyectos y dotaciones necesarias para la consecución de estos objetivos, no ya sólo a través de la actividad que desarrolle la empresa pública «Don Quijote de la Mancha 2005», sino a través de la actuación coordinada de todos los departamentos de la Administración regional y del resto de iniciativas públicas y privadas.

Analizado desde su forma de preparación y presentación, el Presupuesto para 2004 refleja a una Administración con una mayor complejidad, lo que se traduce en una estructura en la que organismos autónomos como el Sepecam o el Instituto de la Mujer asumen un nuevo protagonismo en la gestión del gasto público.

Por otro lado los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2004 contendrán, además los correspondientes a las entidades y empresas públicas que forman parte del sector público regional, que se incorporan al mismo con arreglo a las peculiaridades de su estructura de administración pública o de carácter empresarial.

En lo que respecta a los aspectos normativos del texto articulado, su desarrollo se enmarca dentro de la regulación general económico-financiera contenida en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. Dicho encuadre normativo impide que, materias que no sean de carácter coyuntura!, al quedar perfectamente recogidas en la citada Ley de Hacienda, figuren con contenido propio en las leyes anuales de Presupuestos.

En cuanto a la estructura de la Ley, la misma consta de siete títulos, 51 artículos, 10 disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.

El título I, denominado «De la aprobación de los Presupuestos y de sus modificaciones» consta de dos capítulos. El capítulo I, «Créditos iniciales y su financiación», establece el ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, en el que se incluyen los organismos autónomos Instituto de la Vid y el Vino de Castilla-La Mancha, el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, el Instituto de Estadística de Castilla-La Mancha, el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha y el Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha, que acomete las recientes transferencias en la materia; los de la entidad pública Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha; los de las empresas públicas que forman parte del sector público regional, además de las estimaciones de gastos e ingresos del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha y de la Entidad Pública Aguas de Castilla-La Mancha. Asimismo contiene la aprobación de los estados de ingresos y gastos, la distribución funcional del gasto, la financiación de los créditos, la aprobación de las estimaciones presupuestarias de las empresas públicas, los beneficios fiscales de los tributos gestionados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y se regulan las normas sobre el nivel de vinculación de los créditos iniciales. En el capítulo II, que lleva por título «De los créditos presupuestarios y sus modificaciones» se regulan los principios a que están sometidas las modificaciones presupuestarias, los créditos que se consideran ampliables, las normas específicas sobre generación de créditos, las competencias en materia de modificaciones presupuestarias, así como la regulación de los anticipos de tesorería que podrán concederse.

El título II, denominado «De la ejecución y liquidación presupuestaria», se divide en tres capítulos. En el primero de ellos, «Autorización de gastos», se contienen las normas sobre distribución de competencias en orden a la autorización de los gastos y la desconcentración y delegación de competencias. En el capítulo II «Otras disposiciones en materia de ejecución de gastos», se refiere a las normas sobre expedientes de gasto que tienen repercusión en ejercicios futuros, la gestión de los créditos financiados con transferencias finalistas y el libramiento de los créditos correspondientes a las Cortes de Castilla-La Mancha y al resto de organismos autónomos, empresas públicas y demás entidades públicas. En el capítulo III, «Liquidación de los Presupuestos», se recogen las normas relativas a la liquidación presupuestaria, informe del estado de ejecución presupuestaria, así como las disposiciones referentes a la Cuenta General correspondiente al ejercicio presupuestario de 2003.

El título III, que igualmente se estructura en dos capítulos, lleva por título «De los créditos de personal». En el capítulo I, «Régimen retributivo», se regula el incremento de las retribuciones del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, determinándose las del personal no sometido a legislación laboral, retribuciones de los altos cargos, del personal funcionario, funcionarios interinos, personal eventual, retribuciones del personal laboral, sanitarios locales y del personal de las instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. En el capítulo II, «Otras disposiciones en materia de personal», se establecen los requisitos para la determinación o modificación de las retribuciones, la regulación de la plantilla presupuestaria, las competencias en materia de relaciones de puestos de trabajo, las normas aplicables a las convocatorias de plazas para nuevo ingreso, la regulación de las peculiaridades de gestión del personal del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, el régimen de gestión del personal docente, el anticipo de retribuciones, la limitación del aumento de gastos de personal, abono de indemnizaciones por razón del servicio y la prohibición de percibir
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