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LEYES DE CASTILLA LA MANCHA
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LEY 6/2004, de 21 de diciembre, para la aplicación al municipio de Albacete del régimen de organización de los municipios de gran población.
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Miércoles 16 febrero 2005

BOE núm. 40

porque se resuelve el pleito con los frailes de Los Llanos y tampoco tienen suerte los jesuítas, a quienes expulsa Carlos III.

Y en esto que vienen los franceses -saltando sobre el tiempo-y la milicia urbana les planta cara. No faltará un Año de Hambre, y si nos nace Mariano Roca deTago-res, el Marqués de Molins, tan contentos. Y llega el instante de las Regencias, y para que se configuré un Albacete administrativo nos hacen capital de la provincia, la Audiencia en una etapa turbulenta y hasta viene Espartero, con un par, ya saben, el del caballo. Y también Isabel II, y con ella ¡ya somos ciudad! La patrona lleva un manto suyo. Se fundan casinos, hay una fuente con agua de los Ojos de San Jorge en la Plaza Mayor, peste la que haga falta, revolución y la primera República, elTeatro Circo y alumbrado eléctrico. Ha nacido el siglo XX.

De ahora en adelante, la vida social, política, del comercio y la industria sufrirá una aceleración con altibajos. La gran noticia será la traída del agua, que fluye por los grifos caseros. Pronto tendremos alcantarillado, y un parque, y en pocos años la primera caja de ahorros y el primer banco, un centro experimental agrícola, y cuando concluya la I Guerra Mundial vamos a vivir mejor. Nos hace falta una Casa del Pueblo y surgen fábricas de casi todo, de harina especialmente. Abren la nueva plaza de toros, escuelas, el teatro Cervantes, un instituto, el Círculo de Bellas Artes y el aeródromo de Los Llanos, que es un espaldarazo a nuestra vocación de volar, otro sueño.Ytenemos otra República y en seguida la guerra civil, que abre un paréntesis desolador, deja un Albacete hambriento en la llamada zona roja y ya es una cuestión de supervivencia en un clima muy restrictivo, con episodios trágicos, bombardeos, pero qué le va usted a decir a un pueblo que si algo asumió fue una lucha permanente, también contra sí mismo, y para defenderse del exterior y para conservar un trozo de tierra, algún requisito imprescindible, sus aguas, sus cosechas, su territorio, lo que tanto costaría por los siglos de los siglos.

La posguerra es una fase difícil, falta casi todo -y esto no excluye derechos básicos-, es tiempo de racionamiento, hay que reconstruir, a veces volver a empezar, se mueven oligarquías decisorias, los indicios de industrialización no culminarán hasta que se configure Campollano, la capital acepta el escapismo del panem et circenses, que en el pasodoble se llamarán pan y toros, y mira el No-Do, el esfuerzo es indudable, la sociedad se mueve con dificultades pero la urbe se ensancha, busca nuevos caminos, aprovecha con voluntad circunstancias que puedan favorecer su desarrollo, levanta viviendas, barrios, corona canónicamente a su Patrona, muy cerca emprende tareas de colonización, de nuevo grupos importantes se van a la Europa fría, es la emigración con un «equipaje de amor para la tierra», ayuntamientos voluntaristas, los cincuenta son sugerentes de posibilidades, pero menos, y en los sesenta hay cambios insinuantes de progreso, el sistema productivo es distinto, en una palabra. Dios aprieta pero no ahoga, aunque los presupuestos son exiguos y la vida municipal abarca hasta donde puede, sin que falten iniciativas privadas de empresarios que asumen su responsabilidad en el comercio y en la industria. Así que vamos a inaugurar un estadio, la estación de Renfe, un museo, cines, se queda chica la torre Legorburo frente a un verticalismo agresivo que propicia la aparición de edificios más altos, el urbanismo es demoledor y se lleva por delante un Albacete más auténtico, bello y discreto, del que la especulación, irrespetuosa, a veces en el nombre del paro en el sector, no dejará ni un tapial en pie. ¿Nueva York de la Mancha? Ni tanto ni tan calvo.

Y ya, casi ayer, a la vuelta de la esquina, surgen instituciones democráticas, la vida es otro cantar, en cuanto podemos nos constituimos en región. Los noventa, ya con experiencia autonómica, son nuestros, el centro es una cosa -más tráfico, cambiazos en las tiendas, semáforos y farolas fernandinas, jardines, escuelas, la Universidad regional, firme voluntad de crecer. Se transforma la primitiva configuración urbana, el ensanche es múltiple, no hay ni rastro de nuestro origen peatonal, se construyen instalaciones deportivas, se renuevan las barriadas, los servicios públicos, el agua vendrá del Júcar, otra conquista, los trenes del Marqués de Salamanca van a afrontar la alta velocidad por una geografía vulnerada, y el otro parque automovilístico exige nuevos aparcamientos subterráneos, las excavadoras están preparadas.

Albacete, esta urbe, con su Ayuntamiento al frente, cuya peripecia histórica, anecdótica y sentimental, hemos seguido en estas líneas, ha hecho méritos de sobra para convertirse en una gran ciudad. Ese es su rango. Nadie ha luchado más en este proyecto, desde que hicimos la primera vasija, el primer indicio de laboriosidad que nos abrió, entre enormes dificultades, un camino de expansión.

La reciente modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Reguladora de las Bases del Régimen Local, a través de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, ha incorporado un régimen de organización de los municipios de gran población, que potencia la formación de órganos ejecutivos con gran capacidad de gestión y el carácter deliberante y fiscalizador del Pleno.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la citada Ley 7/1985, el municipio de Albacete, por su condición de capital de provincia, puede acogerse al régimen de organización de los municipios de gran población, y, a este efecto, el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de diciembre de 2003 ha acordado solicitar el reconocimiento de la aplicación de dicho régimen.

Cumpliéndose, por tanto, las condiciones legales y considerando que concurren, además, circunstancias que aconsejan la adopción de la medida, mediante esta Ley se dispone la aplicación al municipio de Albacete del régimen de organización de los municipios de gran población.

Artículo primero.

Será de aplicación al municipio de Albacete el régimen de organización de los municipios de gran población recogido en el Título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Reguladora de las Bases del Régimen Local, por entender que concurren las circunstancias de carácter objetivo exigidas para ello.

Artículo segundo.

El Pleno municipal de Albacete determinará la aplicación de la presente Ley a su régimen de organización.

Disposición final única.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha».

Toledo, 21 de diciembre de 2004.

JOSÉ MARÍA BARREDA FONJES, Presidente

(Publicada en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» número 247, de 30 de diciembre de 2004)
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