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LEYES DE CATALUÑA
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LEY 4/2005, de 8 de abril, de los recursos contra las calificaciones de los Registradores de la Propiedad de Cataluña.
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15796

Martes 10 mayo 2005

BOE núm. 111

7537 LEY 4/2005, de 8 de abril, de los recursos contra las calificaciones de los Registradores de la Propiedad de Cataluña.

EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley.

PREÁMBULO

El Estatuto de autonomía de Cataluña, en el artículo 20.1.e), extiende la competencia de los órganos jurisdiccionales a los recursos sobre calificación de documentos referentes al derecho privativo catalán que deben tener acceso a los registros de la propiedad; y en el artículo 9.2 reconoce a la Generalidad competencias exclusivas en relación con la conservación, modificación y desarrollo del derecho privado catalán.

La Ley hipotecaria, texto refundido aprobado por Decreto de 8 de febrero de 1946, en la redacción introducida por la Ley del Estado 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, modificadas por las leyes del Estado 53/2002, de 30 de diciembre, y 62/2003, de 30 de diciembre, ambas de medidas
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