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LEYES DE CASTILLA Y LEÓN
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LEY 6/2005, de 26 de mayo, de declaración de proyecto regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos urbanos para la provincia de Salamanca, en el término municipal de Gomecello (Salamanca).
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24198

Viernes 8 julio 2005

BOE núm. 162

aptitud para la ejecución del Proyecto y su actividad posterior.

4. Se clasifica el suelo afectado por el Proyecto Regional como suelo rústico con protección de infraestructuras (SRPI) y se aprueban las condiciones de ordenación, con los siguientes parámetros urbanísticos:

Uso: Instalaciones destinadas al tratamiento de residuos urbanos, así como al depósito de los mismos de acuerdo con la legislación sectorial vigente.

Parcela: no se establecen condiciones mínimas.

Ocupación Máxima: un 40 por 100 de la superficie del área.

Retranquees de la edificación: a linderos de parcela 10 m.

Edificabilidad: 0,3 rrWm2.

Altura máxima: la que las instalaciones justifiquen por su necesidad técnica.

5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.3 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, las características técnicas específicas del Proyecto se consideran de aplicación orientativa, y las características técnicas generales del Proyecto, las determinaciones urbanísticas, así como el resto de las determinaciones de este Proyecto Regional se consideran de aplicación plena.

Disposición adicional.

Corresponde al titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente la resolución de cuantas cuestiones se susciten en relación con la autorización ambiental concedida por esta Ley.

Disposición derogatoria.

Queda derogado el Decreto 65/2004, de 1 de julio, y cuantas normas de igual o inferior rango se opongan o contradigan lo dispuesto en la presente Ley.

Disposición final.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan, y a todos losTribuna-les y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.

Valladolid, 26 de mayo de 2005.

JUAN VICENTE HERRERA CAMPO, Presidente

(Publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», suplemento al número 101, de 27 de mayo de 2005.)

ANEXO I

El Proyecto Regional consta de los siguientes documentos:

Memoria del Proyecto Regional.

Proyecto Global de Construcción del Centro de Tratamiento de Residuos Urbanos, Depósito de Rechazos y Accesos para la gestión de los residuos urbanos de la provincia de Salamanca. Modificado n.° 1:

Documento I: Memoria y 20 Anejos a la Memoria en 9 tomos.

Documento II: Planos en 6 tomos. Documento III: Pliego de Condiciones. Documento IV: Presupuesto en 2 tomos. Estudio de Impacto Ambiental.

ANEXO II

Autorización ambiental

1.1 Las unidades de obra relacionadas con la seguridad, impermeabilización, estanqueidad, y buen funcionamiento de la instalación requerirán los ensayos y pruebas que determinen las normas técnicas vigentes de control para cada tipo de material.

1.2 La colocación de la arcilla de aporte en la base y laterales del vaso y balsa de lixiviados se realizará de tal manera que se garantice en todo su espesor un coeficiente de permeabilidad K menor o igual a 10 9 m/s; para ello se establecerán ensayos específicos integrados en el Plan de Control de Calidad de Obras.

1.3 Se garantizará que durante la ejecución de las obras, el movimiento de tierras y maquinaria, que puedan producir efectos indeseables como la emisión de polvo, ruidos, vibraciones, etc., se realice con las menores afecciones sobre las personas, cultivos, fauna, etc. El polvo que pudiera producirse se evitará mediante riegos periódicos, cuando las circunstancias climatológicas lo aconsejen.

1.4 Los suelos de las áreas a ocupar se retirarán de forma selectiva, reservando y tratando adecuadamente la tierra vegetal para su posterior utilización en la restauración de los terrenos alterados. El acopio se realizará en cordones de reducida altura para evitar la compactación de la tierra y el arrastre por escorrentía. Se deberá sembrar y abonar para conservar sus condiciones biológicas.

1.5 Se instalará un sistema de separación de grasas específico para el tratamiento de las aguas residuales procedentes de la nave taller, ubicado antes de la conexión con la red general de saneamiento del centro de tratamiento.

1.6 Si en el transcurso de la ejecución del Proyecto apareciesen restos históricos, arqueológicos o paleontológicos, se procederá a comunicarlo al órgano competente, que dictará las normas de actuación que procedan.

1.7 Durante la fase de ejecución del Proyecto se realizarán las comprobaciones oportunas para verificar que la instalación se ajusta al Proyecto aprobado, y se da cumplimiento a las condiciones impuestas. A tales efectos, con independencia del resto de certificaciones establecidas por la normativa, será necesaria:

Certificación sobre la correcta ejecución de las siguientes unidades de obra: colocación de arcillas de aporte alcanzando la permeabilidad citada, estanqueidad y colocación de láminas tanto del vaso de vertido como de la balsa de lixiviados.

Certificación sobre el cumplimiento de la normativa vigente en materia protección del medio ambiente atmosférico (adecuación puntos de muestreo, parámetros de emisión, eficacia y correcto funcionamiento de motores, y equipos de depuración de gases).

Certificación sobre la correcta instalación y funcionamiento del sistema de detección de fugas, detallando las mediciones y comprobaciones prácticas efectuadas.

Certificación sobre la correcta instalación y funcionamiento de la planta de tratamiento de lixiviados, así como de los parámetros de calidad del agua depurada.

1.8 Se realizará un estudio detallado de los residuos producidos en las labores de mantenimiento de la instalación, donde figure código LER, cantidades previstas de producción, características de la zona de almacenamiento de residuos peligrosos y documentos de aceptación de residuos expedidos por gestor autorizado.

1.9 Se realizarán análisis de las muestras de aguas subterráneas tomadas como mínimo en tres puntos: uno, aguas arribas y dos, aguas abajo del depósito de rechazos.

1.10 Las labores de explotación se realizarán conforme al Plan de Explotación de la instalación y se incluirá un Plan de Emergencia con los protocolos para la actuación en situaciones extraordinarias. El Plan de Explota-
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