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LEYES DE CASTILLA Y LEÓN
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LEY 7/1999, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2000.
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Viernes 21 enero 2OOO

BOE núm. 18

1 286 LEY 7/1999, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2OOO.

Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 14.3 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2000 serán los primeros que se gestionen dentro del nuevo Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006, período en el que se seguirá contando con la financiación privilegiada de los Fondos Estructurales Europeos, lo que permitirá a Castilla y León afrontar las reformas pendientes y situarse entre las regiones más prósperas de la Unión Europea.

Estos Presupuestos serán, asimismo, los primeros en los que la Administración Regional gestionará la nueva competencia de Educación no Universitaria, lo que supondrá un significativo incremento de recursos que permitirán una enseñanza de calidad acorde con las demandas y los retos que la sociedad del nuevo milenio exija.

Castilla y León, durante los últimos años, ha superado los desafíos y ha aprovechado las oportunidades de un contexto económico y social cada vez más globalizado e interdependiente; y así ha sido capaz de alcanzar un importante incremento de su actividad productiva, de crecimiento económico sostenido, de generación de puestos de trabajo y de reducción del paro.

Desde esta perspectiva, los Presupuestos del año 2000 seguirán incidiendo muy especialmente en la generación de empleo y en la reducción de la tasa de paro. Mantendrán, como en años anteriores, un importante incremento en los programas dirigidos al fomento de inversiones productivas. Ampliarán los recursos destinados a las políticas sociales de bienestar y de educación. E igualmente profundizarán en una mayor vertebración del territorio de la Comunidad, incrementando las partidas destinadas al Fondo de Cooperación Local, Fondo de Apoyo Municipal y Cooperación Local Sectorial.

De forma coherente con estas premisas, los Presupuestos del 2000 reflejan una contención de los gastos de funcionamiento en términos de presupuesto equivalente con el ejercicio anterior, así como una disminución de los costes derivados del endeudamiento, lo que permite el fuerte incremento de los créditos destinados a operaciones de capital.

El importante crecimiento de los ingresos de la Comunidad obedece, además de al hecho de haber asumido las nuevas competencias en materia de Educación no Universitaria, a la aplicación del sistema de financiación autonómica que en una coyuntura de fuerte expansión económica ha favorecido de manera significativa a la Comunidad.

Importante es también el crecimiento procedente de los tributos cedidos a la Comunidad sin que ello suponga incremento de la presión fiscal, así como de los recursos procedentes de la Unión Europea y del Estado. Los Presupuestos del año 2000 mantienen la senda de la disminución del déficit público y del endeudamiento.

Conforme con lo previsto en el Estatuto de Autonomía, la Ley de Presupuestos de la Comunidad tiene los mismos límites materiales que la Ley de Presupuestos del Estado. Por ello, la presente Ley se ha ajustado a los criterios definidos por el Tribunal Constitucional, es decir, se limita a referirse a la previsión de ingresos y a las autorizaciones de gasto para el ejercicio y a esta-

blecer disposiciones de carácter general relacionadas con esas previsiones y con los criterios de política económica.

A lo largo de los once títulos en que se organiza el texto articulado, se determinan los créditos y sus correspondientes cuantías, que integran los Presupuestos Generales de la Comunidad; se establecen reglas sobre la limitación y vinculación de los créditos; se disponen normas sobre la autorización y la gestión de gastos; se fijan límites para las modificaciones de los créditos inicialmente previstos y se atribuyen las competencias para autorizarlas; se establecen normas para la cooperación económica con las entidades locales; se fijan los límites de los avales del Tesoro y de los que pueda conceder la Agencia de Desarrollo Económico de Castilla y León, así como los límites del endeudamiento y la actualización de las tarifas de ingresos públicos.

TÍTULO I De los créditos iniciales y su financiación

Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León.

Los Presupuestos Generales de la Comunidad para el ejercicio 2000 están integrados por:

a) El presupuesto de la Administración General de la Comunidad.

b) El Presupuesto del Organismo Autónomo de carácter administrativo Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

c) El Presupuesto del Consejo Económico y Social.

d) El Presupuesto del Ente Público Agencia de Desarrollo Económico de Castilla y León.

e) El Presupuesto del Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León.

f) Los Presupuestos de las empresas públicas de la Comunidad.

Artículo 2. Aprobación de los créditos.

1. Se aprueba el Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el ejercicio económico del año 2000, en cuyo estado de gastos se consignan créditos necesarios para atender el cumplimiento de obligaciones por un importe de 694.71 6.132.000 pesetas, y en cuyo estado de ingresos se recogen las estimaciones de los recursos a liquidar durante el ejercicio por el mismo importe.

2. Se aprueba el Presupuesto del Consejo Económico y Social por un importe de 166.328.000 pesetas, y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.

3. Se aprueba el Presupuesto del Organismo Autónomo Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, en cuyo estado de gastos se consignan créditos necesarios para atender el cumplimiento de obligaciones por un importe de 64.841.729.000 pesetas, y en cuyo estado de ingresos se recogen las estimaciones de recursos por la misma cuantía.

4. Se aprueba el Presupuesto del Ente Público Agencia de Desarrollo Económico de Castilla y León por un importe de 17.985.418.000 pesetas y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.

5. Se aprueba el Presupuesto del Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León por un importe de 531.887.000 pesetas y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
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