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Viernes 3 marzo 2006
BOE núm. 53
de aprobar planes y programas de actuación, especialidades en el ejercicio de la función interventora, especialidades en el pago de determinadas subvenciones y también se fijan las cuantías de la prestación de la Renta Mínima de Inserción.
En el Título V, «Disposiciones sobre el sector público de la Comunidad de Madrid», se recogen disposiciones generales sobre reordenación del sector público y se autoriza a la formalización de convenios de colaboración en materia de infraestructuras.
Finalmente, en elTítuloVI, «De las tasas», se actualiza la tarifa de las tasas de la Comunidad de Madrid de cuantía fija.
En la parte final de la Ley, las disposiciones adicionales completan el marco jurídico presupuestario recogiendo preceptos de índole muy variada. En primer lugar, se mantiene el informe preceptivo por la Consejería de Hacienda de las disposiciones normativas y convenios con repercusión en los estados de gastos e ingresos.
Otras Disposiciones, referidas a la materia de personal, tienen por objeto la previsión de armonización de incrementos salariales con las disposiciones del Estado, la suspensión de determinados artículos de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, la no utilización de empresas de trabajo temporal para resolver las necesidades laborales y ciertas previsiones respecto del personal transferido durante 2006.
En las disposiciones finales se autoriza el desarrollo normativo de la Ley y se fija la entrada en vigor de la misma.
TÍTULO I De los créditos presupuestarios
CAPÍTULO I De los créditos y su financiación
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio económico del año 2006, están integrados por:
a) El Presupuesto de la Asamblea de Madrid.
b) El Presupuesto de la Cámara de Cuentas.
c) El Presupuesto de la Administración de la Comunidad de Madrid.
d) El Presupuesto de los Organismos Autónomos Administrativos.
e) El Presupuesto de los Organismos Autónomos Mercantiles.
f) El Presupuesto de los Entes Públicos a que se refiere el artículo 6 de la Ley reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, cuya normativa específica confiere carácter limitativo a los créditos de su Presupuesto de Gastos.
g) El Presupuesto de las Empresas Públicas con forma de Entidad de Derecho Público.
h) El Presupuesto de las Empresas Públicas con forma de Sociedad Mercantil.
i) El Presupuesto del Ente Público Radio Televisión Madrid, y de las sociedades para la gestión de los servicios públicos de radiodifusión y televisión.
j) Los Presupuestos de los restantes Entes Públicos a que se refiere el artículo 6 de la Ley reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Artículo 2. De los créditos ¡nidales y financiación de los mismos.
1. En el estado de gastos del Presupuesto de la Asamblea de Madrid se aprueban créditos por un importe total de 26.573.689 euros que se financiarán con los derechos económicos a reconocer durante el ejercicio del año 2006 de igual cuantía.
2. En el estado de gastos del Presupuesto de la Cámara de Cuentas se aprueban créditos por un importe total de 7.767.645 euros que se financiarán con los derechos económicos a reconocer durante el ejercicio del año 2006 de igual cuantía.
3. En el estado de gastos del Presupuesto de la Administración de la Comunidad de Madrid se aprueban créditos por un importe total de 15.399.251.540 euros, que se financiarán:
a) Con los derechos económicos a reconocer durante el ejercicio del año 2006, que se detallan en los estados de ingresos correspondientes, y que se estiman en 15.137.466.404 euros.
b) Con el importe de las operaciones de endeudamiento que se consignan en el capítulo 9 de los estados de ingresos.
4. En los estados de gastos de los Presupuestos de los Organismos Autónomos Administrativos se aprueban créditos por los siguientes importes:
Los créditos anteriores se financiarán con los derechos económicos a reconocer durante el ejercicio del año 2006, que se detallan en los estados de ingresos correspondientes, y que se estiman en importe de igual cuantía a los gastos consignados.
5. En los estados de gastos de los Presupuestos de los Organismos Autónomos Mercantiles, se aprueban créditos por los siguientes importes:
Organismos Autónomos Mercantiles
Instituto de la Vivienda de Madrid. Consorcio Regional deTransportes.
Instituto Madrileño del Deporte, el Esparcimiento y la Recreación.
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario.
Euros
361.886.924
1.022.574.787
26.202.739
9.503.157
20 495.654