7791 LEY 1/2006, de 6 de abril, de venta de participaciones de la sociedad Inmuebles GTF, S. L.
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
PREÁMBULO
La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 35.1.30.a y 33.a del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene atribuidas competencias exclusivas en materia de cultura y patrimonio cultural, así como en materia de bienes patrimoniales cuya titularidad corresponda a la Comunidad Autónoma, de acuerdo con el artículo 35.1.6.a del Estatuto.
Mediante el Decreto 218/1998, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, se autorizó la adquisición de la totalidad de las participaciones sociales de la Sociedad GTF, S. L., sociedad que es la propietaria del inmueble Gran Teatro Fleta de Zaragoza.
Para afrontar el futuro del Teatro Fleta, es necesario tener en cuenta no sólo a qué objetivos debe servir su recuperación, sino también de qué forma debe gestionarse para garantizar el mejor cumplimiento de los fines que se pretenden. El Gobierno de Aragón cree que el modelo de explotación de las infraestructuras culturales ha de suponer un uso eficaz y eficiente de los recursos disponibles, asegurando una gestión moderna capaz de garantizar los resultados, buscando para ello la colaboración con aquellas entidades que cuentan con suficiente experiencia y credibilidad en el sector.