BOE núm. 51
Miércoles 28 febrero 2007
8567
aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
ÍNDICE
Título Primero. De la aprobación y contenido de los Presupuestos.
Artículo 1. Aprobación y contenido.
Título Segundo. De los créditos y sus modificaciones.
Artículo 2. Vinculación de los créditos.
Artículo 3. Imputación de gastos.
Artículo 4. Créditos ampliables.
Artículo 5.Transferencias de crédito.
Artículo 6. Incorporación de remanentes de crédito.
Artículo 7. Habilitación de aplicaciones presupuestarias.
Artículo 8. Ajustes en los estados de gastos e ingresos del Presupuesto.
Artículo 9. Normas generales relativas a los expedientes de modificación de créditos.
TítuloTercero. De la gestión del Presupuesto.
Artículo 10. Reglas sobre los proyectos normativos y acuerdos que contengan compromisos financieros.
Artículo 11. Gestión de los créditos finalistas y cofinan-ciados.
Artículo 12. Gastos de carácter plurianual.
Título Cuarto. De los créditos de personal. Capítulo I. Regímenes retributivos.
Artículo 13. Normas básicas en materia de gastos de personal.
Artículo 14. Adecuación de acuerdos, convenios o pactos con efectos retroactivos.
Artículo 15. Retribuciones de los Miembros del Gobierno, de los Directores Generales y asimilados y del personal eventual de confianza y asesoramiento.
Artículo 16. Retribuciones del personal funcionario.
Artículo 17. Conceptos retributivos aplicables a los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984.
Artículo 18. Complemento de productividad y gratificaciones.
Artículo 19. Complemento personal transitorio.
Artículo 20. Retribuciones del personal laboral.
Artículo 21. Retribuciones del personal interino.
Artículo 22. Retribuciones complementarias del personal estatutario.
Capítulo II. Otras disposiciones en materia de régimen de personal activo.
Artículo 23. Anticipos de retribuciones.
Artículo 24. Prohibición de ingresos atípicos.
Artículo 25. Provisión de puestos reservados a representantes sindicales.
Artículo 26. Normas generales sobre provisión de puestos, formalización de contratos de trabajo y modificación de complementos o categorías profesionales.
Título Quinto. De la promoción y desarrollo económico.
Artículo 27. Normas de gestión de las operaciones de capital del Programa 612.2, «Promoción y Desarrollo Económico».
Título Sexto. De las transferencias a entidades locales y de las actuaciones de política territorial.
Artículo 28. Normas de gestión del Fondo Local de Aragón.
Artículo 29. Programas de Apoyo a la Administración Local y de Política Territorial.
Título Séptimo. De las operaciones financieras.
Artículo 30. Alcance y contenido de las operaciones de endeudamiento.
Artículo 31. Operaciones financieras de organismos públicos, empresas y demás entes del sector público de la Comunidad Autónoma.
Artículo 32. Otorgamiento de avales públicos.
Artículo 33. Incentivos Regionales.
Título Octavo. De las tasas y exacciones propias de la Comunidad.
Artículo 34.Tasas. Disposiciones adicionales.
Primera. Gestión del Presupuesto de las Cortes de Aragón.
Segunda. Normas a las que ha de ajustarse la concesión de subvenciones.
Tercera. Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para la concesión de subvenciones.
Cuarta. Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para contratar con las Administraciones Públicas.
Quinta. Subsidiación de intereses.
Sexta. Información sobre gestión presupuestaria a la Comisión de Economía y Presupuestos de las Cortes de Aragón.
Séptima. Fondo de Acción Social en favor del personal.
Octava. Gestión de los créditos de la Sección 30.
Novena. Anticipos de subvenciones en materia de Servicios Sociales y Sanitarios.
Décima. Trámite de las modificaciones en materia de personal.
Undécima. Ingreso Aragonés de Inserción.
Duodécima. Ayuda a los países más desfavorecidos.
Decimotercera. Rendición y contenido de cuentas.
Decimocuarta. Compensación por iniciativas legislativas populares.
Decimoquinta. Transferencias Corrientes a las Corporaciones Locales para la gestión de los Servicios Sociales de Base.
Decimosexta. Ayudas para la prestación de servicios ferroviarios regionales acogidos al Convenio Diputación General de Aragón-Renfe.
Decimoséptima. Política Demográfica.
Decimoctava. Gestión de la Sección 26, «A las Administraciones Comarcales».
Decimonovena. Programas finalistas de servicios sociales.
Vigésima.Tarifa del Canon de Saneamiento.
Vigésima primera. Gestión de la acción concertada del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
Vigésima segunda. Oferta de empleo público.
Disposiciones transitorias.
Primera. Retribuciones del personal funcionario no incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984.
Segunda. Indemnizaciones por razón de servicio.
Tercera. Dotación presupuestaria del «Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores».
Cuarta. Subvenciones a Cámaras Agrarias de Aragón.
Quinta. Gestión de los créditos del Programa de Desarrollo Rural.
Disposición final. Única.