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LEYES ORGÁNICAS
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LEY ORGÁNICA 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las liles Balears.
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BOE núm. 52

Jueves 1 marzo 2007

8703

4233 LEY ORGÁNICA 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las liles Balears.

JUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de las liles Balears, supuso el establecimiento de un sistema de autogobierno y la consolidación del principio de cooperación entre los pueblos que forman la comunidad insular. Esta ley, a lo largo de 23 años, ha sufrido dos modificaciones que han dotado a nuestra autonomía de un mayor contenido de competencias y han acomodado nuestras instituciones de autogobierno a la nueva realidad española y europea.

La positiva evolución del autogobierno, así como el aumento de la población y una mayor profundización en el reconocimiento del hecho insular, junto con una tendencia generalizada hacia una mayor descentralización del Estado español demandan una adecuación del Estatuto de Autonomía de las liles Balears para dar una mejor respuesta a las nuevas necesidades de los ciudadanos.

Asimismo, el sentimiento y la idiosincrasia isleños han dado un mayor protagonismo a cada una de las islas y de sus respectivos Consejos Insulares al mismo tiempo que se apuntaba como un deseo generalizado el hecho de que Formentera gozase de su propio Consejo Insular que gestionase, desde la misma isla, su propia administración insular.

Por todos estos motivos, los Diputados abajo firmantes presentan la siguiente Propuesta de Reforma del Estatuto de Autonomía de las liles Balears:

Artículo único.

Se modifica el Estatuto de Autonomía de las liles Balears, aprobado mediante Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, dándose una nueva redacción a su preámbulo, a determinados artículos, a determinadas disposiciones adicionales y transitorias, a las denominaciones de todos sus artículos, de algunos de sus capítulos y títulos y de todas sus disposiciones adicionales y transitorias; incorporando, asimismo, determinados artículos, capítulos, títulos y disposiciones adicionales y transitorias y renumerando todos los títulos, capítulos, artículos y disposiciones adicionales y transitorias, de tal manera que el

texto del citado Estatuto de Autonomía de las liles Balears es del siguiente tenor:

PREÁMBULO

A lo largo de su historia, las liles Balears han forjado su identidad con las aportaciones y energías de muchas generaciones, tradiciones y culturas, que han convergido en esta tierra de acogida. Así, las liles Balears, por la confluencia de una multiplicidad de pueblos y de civilizaciones, a lo largo de su historia, se han conformado en una sociedad dinámica, con un patrimonio cultural y social, tangible e intangible, singular entre todas las culturas del Mediterráneo y del mundo; fundamentado, en su más íntima profundidad, en unos valores universales incluyentes y no excluyentes.

Durante siglos, el pueblo de las liles ha mantenido constante esta vocación y, en la última etapa del siglo XX, ejerció su derecho a la autonomía de acuerdo con la Constitución Española vigente.

Actualmente, los pueblos de las liles, herederos de unas tradiciones fundamentadas sobre la base de los principios irrenunciables de igualdad, democracia y convivencia pacífica y justa, continúan proclamando estos valores, como expresión de los valores superiores de su vida colectiva.

Y en este sentido, la nacionalidad histórica que forman las islas de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera quiere rendir homenaje a todos sus hijos que, a lo largo de todos los tiempos, lejanos y próximos, han trabajado para mantener la identidad de nuestro pueblo, lo cual nos ha permitido conseguir los hitos actuales, gracias a ellos.

En este momento, al cabo de unos años de esta última etapa autonómica, con diferentes modificaciones que han permitido avanzar en nuestro autogobierno, es hora de dar un paso más y definir un nuevo marco de convivencia que nos permita afrontar nuestro futuro con ilusión.

Así, las liles Balears, mediante su Estatuto, pretenden continuar en su proceso colectivo de avanzar hacia su autogobierno en el marco del Estado Español y la Unión Europea, de acuerdo con el valor supremo: el sistema democrático que se inspira en la libertad, la justicia, la paz, la igualdad y la defensa de los derechos humanos, así como la solidaridad entre todos los pueblos.

De esta manera, el Estatuto declara que:

Las liles Balears son una comunidad de personas libres y para personas libres, donde cada persona puede vivir y expresar identidades diversas, con espíritu decidido de cohesión, fundamentado en el respeto a la dignidad de todas y cada una de las personas.

La aportación de todos los habitantes de las liles nos configura como una sociedad integradora, donde el esfuerzo es un valor, y la capacidad innovadora y emprendedora debe impulsarse y debe continuar formando parte de nuestro talante, de siempre.

La lengua catalana, propia de las liles Balears, y nuestra cultura y tradiciones son elementos identificadores de
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