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LEYES DE CASTILLA Y LEÓN
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Ley 10/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2008.
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BOE núm. 66

Lunes 17 marzo 2008

15875

670.568.828 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.

6. Se aprueba el Presupuesto de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León en cuyo estado de gastos se consignan créditos necesarios para atender el cumplimiento de obligaciones por un importe de 3.184.874.433 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.

7. Se aprueba el Presupuesto del Servicio Público de Empleo de Castilla y León por un importe de 269.715.975 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.

8. Se aprueba el Presupuesto de la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León por un importe de 184.838.689 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.

9. Se aprueba el Presupuesto del Ente Regional de la Energía de Castilla y León por un importe de 6.855.737 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.

10. Se aprueba el Presupuesto del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León por un importe de 92.101.241 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.

11. Se aprueba el Presupuesto del Instituto de la Juventud de Castilla y León por un importe de 13.220.851 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.

12. Los créditos incluidos en los estados de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma se agrupan en programas y subprogramas. Su importe, según anexo, se distribuye en atención a la índole de las funciones a realizar y por las cuantías que se detallan, como sigue:

Euros

Justicia ............................. 499.305

Seguridad Ciudadana ................. 13.259.103

Relaciones Exteriores ................. 1.079.139

Pensionesy otras prestaciones económicas . 147.286.917

Servicios Sociales y Promoción Social . . . 677.097.969

Fomento del Empleo .................. 332.884.612

Vivienda y Urbanismo ................ 158.488.078

Sanidad ............................ 3.290.429.941

Educación ........................... 2.115.668.189

Cultura ............................. 192.078.676

Agricultura, Ganadería y Pesca ......... 1.550.737.613

Industria y Energía ................... 136.166.361

Comercio yTurismo ................... 85.177.873

Infraestructuras ...................... 846.578.332

Investigación, Desarrollo e Innovación . . . 287.646.598

Otras actuaciones de carácter económico . 30.883.897

Alta Dirección de la Comunidad ......... 63.813.859

Administración General ............... 125.150.526

Administración Financiera yTributaria ... 39.500.364

Transferencias a Administraciones Públicas .. 109.429.294

Deuda Pública ....................... 180.384.449

Total .......................... 10.384.241.095

13. Los Presupuestos de las Empresas Públicas, las Fundaciones Públicas y otros Entes de la Comunidad incluyen los estados de recursos y dotaciones, con las correspondientes estimaciones y evaluaciones de necesidades, tanto de explotación como de capital, autorizados por la Junta de Castilla y León.

Artículo 3. Beneficios fiscales.

Los beneficios fiscales que afectan a los tributos cedidos se estiman en 1.971.218.954 euros.

TITULO II

Del régimen general de los créditos

CAPÍTULO I Destino de los créditos

Artículo 4. Limitación y vinculación.

1. Conforme a la previsión del artículo 109 de la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, durante el año 2008 la vinculación de los créditos, a los solos efectos de imputación de gastos, en los casos que a continuación se exponen, será la siguiente:

a) Los créditos correspondientes al Capítulo I de la Gerencia Regional de Salud tendrán carácter limitativo y vinculante a nivel de capítulo y programa.

b) Los créditos del Capítulo II de los subprogramas, 912A02, 912C01 y 912D02 tendrán carácter limitativo y vinculante a nivel de capítulo y subprograma.

c) Los créditos del Capítulo IV de los subprogramas 231B02, 231B03 y 231B04 tendrán carácter vinculante a nivel de capítulo y de estos tres subprogramas considerados conjuntamente.

d) Los créditos declarados ampliables en los artículos 129 de la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León y 15 de esta Ley, los de edición del Boletín Oficial de Castilla y León, los destinados a atenciones protocolarias y representativas y los de publicidad y promoción tendrán carácter vinculante a nivel de subconcepto económico.

e) Los créditos de la Sección 31 «Política Agraria Común» tendrán carácter limitativo y vinculante a nivel de capítulo y programa.

2. La elegibilidad de los gastos financiados con ingresos finalistas limitará la vinculación de créditos.

CAPÍTULO II De la gestión de los gastos

Artículo 5. Limitación al compromiso de créditos.

En el caso de los créditos consignados en el Estado de Gastos cuya financiación se produzca a través de recursos de carácter finalista, el titular de la Consejería de Hacienda podrá limitar el crédito que pueda comprometerse, hasta tanto exista constancia formal del ingreso o de la asignación de los mismos a la Comunidad Autónoma de Castilla y León o cuando resulte conveniente por razones de equilibrio financiero.

Artículo 6. Actuaciones gestionadas por el organismo pagador de la Comunidad de Castilla y León.

1. Las actuaciones relativas a los gastos financiados en su totalidad por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEADER) que en el ejercicio de sus funciones lleve a cabo el Organismo Pagador se regirán en cuanto a su ejecución, gestión y control, por las normas y procedimientos establecidos en la normativa de la Unión Europea que sea de aplicación y por las normas que la desarrollen.

2. En ía gestión presupuestaria de los créditos gestionados por el Organismo Pagador, la función de autorización y control de pagos ejercida por el Director General competente por razón de la materia, se corresponde con la fase de ejecución presupuestaria de reconocimiento de la obligación.
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