BOE núm. 66
Lunes 17 marzo 2008
15875
670.568.828 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
6. Se aprueba el Presupuesto de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León en cuyo estado de gastos se consignan créditos necesarios para atender el cumplimiento de obligaciones por un importe de 3.184.874.433 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
7. Se aprueba el Presupuesto del Servicio Público de Empleo de Castilla y León por un importe de 269.715.975 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
8. Se aprueba el Presupuesto de la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León por un importe de 184.838.689 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
9. Se aprueba el Presupuesto del Ente Regional de la Energía de Castilla y León por un importe de 6.855.737 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
10. Se aprueba el Presupuesto del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León por un importe de 92.101.241 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
11. Se aprueba el Presupuesto del Instituto de la Juventud de Castilla y León por un importe de 13.220.851 euros y en cuyo estado de ingresos se recogen estimaciones de recursos por la misma cuantía.
12. Los créditos incluidos en los estados de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma se agrupan en programas y subprogramas. Su importe, según anexo, se distribuye en atención a la índole de las funciones a realizar y por las cuantías que se detallan, como sigue:
Euros
Justicia ............................. 499.305
Seguridad Ciudadana ................. 13.259.103
Relaciones Exteriores ................. 1.079.139
Pensionesy otras prestaciones económicas . 147.286.917
Servicios Sociales y Promoción Social . . . 677.097.969
Fomento del Empleo .................. 332.884.612
Vivienda y Urbanismo ................ 158.488.078
Sanidad ............................ 3.290.429.941
Educación ........................... 2.115.668.189
Cultura ............................. 192.078.676
Agricultura, Ganadería y Pesca ......... 1.550.737.613
Industria y Energía ................... 136.166.361
Comercio yTurismo ................... 85.177.873
Infraestructuras ...................... 846.578.332
Investigación, Desarrollo e Innovación . . . 287.646.598
Otras actuaciones de carácter económico . 30.883.897
Alta Dirección de la Comunidad ......... 63.813.859
Administración General ............... 125.150.526
Administración Financiera yTributaria ... 39.500.364
Transferencias a Administraciones Públicas .. 109.429.294
Deuda Pública ....................... 180.384.449
Total .......................... 10.384.241.095
13. Los Presupuestos de las Empresas Públicas, las Fundaciones Públicas y otros Entes de la Comunidad incluyen los estados de recursos y dotaciones, con las correspondientes estimaciones y evaluaciones de necesidades, tanto de explotación como de capital, autorizados por la Junta de Castilla y León.
Artículo 3. Beneficios fiscales.
Los beneficios fiscales que afectan a los tributos cedidos se estiman en 1.971.218.954 euros.
TITULO II
Del régimen general de los créditos
CAPÍTULO I Destino de los créditos
Artículo 4. Limitación y vinculación.
1. Conforme a la previsión del artículo 109 de la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, durante el año 2008 la vinculación de los créditos, a los solos efectos de imputación de gastos, en los casos que a continuación se exponen, será la siguiente:
a) Los créditos correspondientes al Capítulo I de la Gerencia Regional de Salud tendrán carácter limitativo y vinculante a nivel de capítulo y programa.
b) Los créditos del Capítulo II de los subprogramas, 912A02, 912C01 y 912D02 tendrán carácter limitativo y vinculante a nivel de capítulo y subprograma.
c) Los créditos del Capítulo IV de los subprogramas 231B02, 231B03 y 231B04 tendrán carácter vinculante a nivel de capítulo y de estos tres subprogramas considerados conjuntamente.
d) Los créditos declarados ampliables en los artículos 129 de la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León y 15 de esta Ley, los de edición del Boletín Oficial de Castilla y León, los destinados a atenciones protocolarias y representativas y los de publicidad y promoción tendrán carácter vinculante a nivel de subconcepto económico.
e) Los créditos de la Sección 31 «Política Agraria Común» tendrán carácter limitativo y vinculante a nivel de capítulo y programa.
2. La elegibilidad de los gastos financiados con ingresos finalistas limitará la vinculación de créditos.
CAPÍTULO II De la gestión de los gastos
Artículo 5. Limitación al compromiso de créditos.
En el caso de los créditos consignados en el Estado de Gastos cuya financiación se produzca a través de recursos de carácter finalista, el titular de la Consejería de Hacienda podrá limitar el crédito que pueda comprometerse, hasta tanto exista constancia formal del ingreso o de la asignación de los mismos a la Comunidad Autónoma de Castilla y León o cuando resulte conveniente por razones de equilibrio financiero.
Artículo 6. Actuaciones gestionadas por el organismo pagador de la Comunidad de Castilla y León.
1. Las actuaciones relativas a los gastos financiados en su totalidad por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEADER) que en el ejercicio de sus funciones lleve a cabo el Organismo Pagador se regirán en cuanto a su ejecución, gestión y control, por las normas y procedimientos establecidos en la normativa de la Unión Europea que sea de aplicación y por las normas que la desarrollen.
2. En ía gestión presupuestaria de los créditos gestionados por el Organismo Pagador, la función de autorización y control de pagos ejercida por el Director General competente por razón de la materia, se corresponde con la fase de ejecución presupuestaria de reconocimiento de la obligación.