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LEYES DE MURCIA
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Ley 10/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2008.
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12586 LEY 10/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2008.

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMADE LA REGIÓN DE MURCIA

Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 10/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónonma de la Región de Murcia para el ejercicio 2008.

Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:

PREÁMBULO

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2008 son el mayor exponente de la acción de gobierno ya que en ellos se recogen los objetivos y proyectos a desarrollar durante el año con los recursos que nos confían los ciudadanos asegurando que su utilización responde a los criterios de economía, eficiencia y eficacia. Por ello, conjugan el rigor y la estabilidad presupuestaria con una mejora en la prestación de servicios públicos, la mejora del estado del bienestar y la apuesta por continuar con un importante proceso inversor.

Asimismo constituyen el instrumento fundamental de la política económica, financiera y fiscal del Ejecutivo Regional para 2008. La política económica desarrollada en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia continuará actuando en los sectores productivos para garantizar la creación de empleo de calidad y el crecimiento económico. El compromiso de este Gobierno con la estabilidad presupuestaria, así como la apuesta por la mejora de las infraestructuras y la racionalización y reducción selectiva de los impuestos, crea un marco económico favorable que nos ha permitido crecer diferencialmente el Producto Interior Bruto por encima de la media nacional.

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2008 son los primeros que se elaboran en el marco normativo de la Ley 15/2006 (RCL 2006, 1072) de Reforma de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria (RCL 2001, 3020 y RCL 2002, 484). En este nuevo escenario, y atendiendo a las previsiones de crecimiento de la economía española, el Consejo de Política Fiscal y Financiera aprobó en Acuerdo de 11 de julio de 2007 un superávit para esta Comunidad del 0,25 por 100 del Producto Interior Bruto Regional, que asciende a 71,5 millones de euros.

Sin embargo, esta Comunidad Autónoma ante su apuesta por el desarrollo de inversiones productivas solicitó acogerse a lo previsto en el artículo 3.1 de la Ley Orgánica 5/2001 (RCL 2001, 3031) complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria. Con fecha 9 de octubre de 2007 el Ministerio de Economía y Hacienda autorizó el Programa de Inversión relativo al Desarrollo Perimetral de Infraestructuras de Carreteras de la Comunidad, con una anualidad para 2008 igual al superávit exigido, resultando un Presupuesto en equilibrio, que contribuye al crecimiento de la economía regional y a la generación de empleo, así como a la convergencia con los países más desarrollados de nuestro entorno sin incremento de la deuda. Esta situación nos convierte en una de las Comunidades Autónomas más saneadas del territorio nacional.

El compromiso de este Gobierno con los principios de estabilidad presupuestaria es posible gracias al excelente comportamiento de los ingresos inducido por una economía regional más sólida y dinámica sin que ello haya supuesto un aumento del esfuerzo fiscal de los ciudadanos de la Región. Junto con este contexto económico, también ha contribuido los esfuerzos de la Administra-ciónTributaria Regional en la implementación de medidas de racionalización de la gestión por su apuesta por la declaración electrónica.

El presupuesto 2008 avanza en la consecución del estado del bienestar. Especialmente es de destacar el incremento significativo en los recursos destinados a las personas dependientes como consecuencia del primer año de aplicación de la Ley de Dependencia (RCL 2006, 2226). Asimismo la consolidación de los recursos aportados al sistema sanitario ha permitido un salto cualitativo
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