BOE núm. 27
Miércoles 31 enero 2OO1
3771
2161 REAL DECRETO 13/2OO1, de 12 de enero, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados al Principado de Asturias por el Real Decreto 1665/1985, de 3O de abril, en materia de protección a la mujer.
La Constitución, en su artículo 148.1.20.a, establece que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de asistencia social y en el artículo 149.1.6.a y 8.a reserva al Estado la competencia exclusiva sobre legislación civil, penal y penitenciaria.
Por su parte, el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, aprobado por Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, y reformado por las Leyes Orgánicas 1/1994, de 24 de marzo, y 1/1999, de 5 de enero, establece en su artículo 1 0.1.24, que la Comunidad Autónoma asume la competencia exclusiva en materia de asistencia y bienestar social.
Asimismo, por el Real Decreto 1665/1985, de 20 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado al Principado de Asturias en materia de protección a la mujer, dicha Comunidad Autónoma asumió las funciones que realizaba la Administración del Estado en relación con la citada materia.
Finalmente, el Real Decreto 1707/1982, de 24 de julio, determina las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado al Principado de Asturias.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto citado, que también regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, esta Comisión adoptó, en su reunión del día 27 de diciembre de 2000, el oportuno Acuerdo, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de enero de 2001,
DISPONGO:
Artículo 1.
Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Auto-