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Jueves 17 mayo 2OO1
BOE núm. 118
9342 LEY 3/2001, de 4 de abril, de prevención, asistencia y reinserción social en materia de drogodependencías.
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
PREÁMBULO
En una sociedad que gira en torno a la capacidad de producción y a la cultura del bienestar, se corre el peligro de asociar el consumo de diversos tipos de sustancias que aparecen al alcance de todos con la consecución de objetivos vitales.
En el fomento de la salud, uno de los principales objetivos con los que se encuentra hoy en día la sociedad es abordar el uso indebido de drogas como un estilo de vida con gran riesgo para la salud individual y colectiva, en el que convergen factores socioculturales. El uso de drogas constituye un fenómeno que requiere intervenciones coordinadas de muchos sectores, tanto si se desarrollan en el campo de la prevención como en los de la asistencia y la reinserción.
Las directrices que en materia de drogas plantean como prioritarias la Unión Europea y el Plan Nacional sobre Drogas están orientadas a desarrollar acciones para reducir la demanda y el suministro, así como a prevenir el consumo. Se trata, por tanto, de facilitar las condiciones para que las poblaciones más vulnerables puedan elegir estilos de vida sanos.
El interés, sucesivamente orientado a la heroína, la cocaína o las drogas de síntesis, ha determinado diferentes estrategias de intervención que han demostrado que no sólo han de centrarse en la atención y rehabilitación, sino, fundamentalmente, en modelos de prevención dirigidos tanto a los determinantes que influyen en el establecimiento de estilos de vida como a la reducción del daño. Además, las actuaciones que se desarrollan en torno a este fenómeno han de adaptarse al contexto y circunstancias de cada escenario.
Junto a los patrones de consumo de dichas sustancias existen otros culturalmente arraigados y socialmente aceptados que son un riesgo grave para la salud. El tabaquismo es uno de los más importantes problemas de salud pública, siendo la causa prevenible más importante de mortalidad, y provoca, además, una notable pérdida de calidad de vida. Por otro lado, el consumo de alcohol constituye un grave problema, en especial cuando se trata de personas jóvenes que están adoptando sus hábitos de salud. Tampoco se puede olvidar la automedi-cación, cada vez más frecuente en nuestro medio.
Al abordar esta problemática, hay que tener en cuenta, también, la aparición de nuevos patrones de uso y abuso, y en particular el consumo de sustancias dentro de un contexto de ocio y diversión permanente, que implica dosis intensas aunque espaciadas en el tiempo.
La actual estructura del mercado de trabajo, caracterizada por la inestabilidad y la precariedad, da lugar a una vulnerabilidad ligada a situaciones de conflicto o crisis que puede influir en esta tendencia al consumo de algunas drogas. La exclusión social y los problemas de las drogas están estrechamente vinculados y ello implica que, junto a respuestas específicas, son también necesarias otras de tipo estructural, desarrollando desde los poderes públicos acciones que modifiquen las circunstancias sociales, económicas y culturales que, para determinados colectivos, están asociadas a drogodepen-dencias.
Por todo ello, el problema de las drogodependencias debe considerarse una responsabilidad social y no solamente individual. Cualquier iniciativa se englobará dentro de una política integral y planificada dirigida al logro de un desarrollo humano y social más equitativo en el marco de la promoción de la salud, en el que el Gobierno de Aragón adoptará las medidas para aminorar, atajar o eliminar los factores sociales, económicos y culturales que puedan desencadenar una conducta drogodepen-diente.
En esta Ley adquieren especial relevancia las disposiciones relativas al control de la oferta de bebidas alcohólicas y tabaco, ya que la limitación al consumo constituye una de las estrategias prioritarias en nuestro medio.
Asimismo, es fundamental restringir la promoción de la venta de sustancias y centrar las prohibiciones en los ámbitos donde se pueda obtener más beneficio.
Esta Ley quiere hacer énfasis en el enfoque educativo, insistiendo en la integración adecuada de la educación para la salud en todos los ámbitos educativos de la comunidad, de tal forma que la promoción de estilos de vida sanos y autónomos sea un objetivo a trabajar desde las diferentes disciplinas y entornos profesionales. Se trata, por tanto, de capacitar a los individuos para la toma de decisiones sobre salud y responder de forma positiva, siendo respetuosos con las libertades personales, a la interpelación que el fenómeno de las drogas representa. La intervención en promoción de salud es una tarea que implica a toda la comunidad y que, al igual que las actividades en prevención, ha de ser fruto del consenso y compromiso de todos los sectores sociales con intervenciones específicas en escenarios como la escuela, familia, empresas, asociaciones, etc.