TodaLaLey
Inicio TodaLaLey

Textos Completos
Boletines Nacionales
Boletines Autonómicos
Boletines Provinciales

Legislación
Leyes Orgánicas
Leyes Ordinarias
Reales Decretos Leyes
Reales Decretos Legislativos
Leyes de CC.AA.

Contratos
Civiles
Mercantiles

Formularios
Administrativos
Procesales
Más formularios

Guías
Civiles
Mercantiles
Laborales
Administrativas y Procesales

Administración Pública
Admiweb
Becas
Ayudas y Subvenciones
Concursos
Empleo Público

Otros
Libros
Hoteles
Postales
Cursos, Masters y oposiciones
Canal Hipoteca
Tu Divorcio

LEYES DE CASTILLA LA MANCHA
Volver a Leyes de Castilla La Mancha
LEY 5/2001, de 17 de mayo, de Prevención de Malos Tratos y de Protección a las Mujeres Maltratadas.
Pág. 1 de 4    Pag +
Versión para imprimir 

22038

Jueves 21 junio 2OO1

BOE núm. 148

11 889 LEY 5/2001, de 17 de mayo, de Prevención de Malos Tratos y de Protección a las Mujeres Maltratadas.

Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Cada cinco días muere en España una mujer como consecuencia de malos tratos producidos por su esposo o compañero. Cada año se producen en nuestro país más de medio millón de agresiones delictivas a mujeres en el ámbito familiar, sin que muchas de estas conductas puedan ser juzgadas en los Tribunales debido al miedo o la vergüenza que impide la correspondiente denuncia de la víctima.

En Castilla-La Mancha se producen 15.000 casos de malos tratos cada año y durante los dos últimos años han fallecido, como consecuencia de los mismos, cinco mujeres. El número de denuncias anuales presentadas por este tipo de delitos se aproxima al millar.

Este grave problema, que convulsiona la conciencia de cualquier ciudadano sensible, no provoca, sin embargo, el rechazo social que acompaña a otras formas de violencia. A la vez, produce verdadera alarma, debido a que los poderes públicos no han hecho todo lo que es obligado para combatir esta lacra social que, a veces, se trata de esconder bajo un manto de silencio cómplice.

Ningún Gobierno puede desentenderse de este problema, pensando que son solamente los Jueces quienes han de hacerse cargo de él. La violencia contra las mujeres ha de ocupar a los Jueces como delito grave que es, pero, además, es un asunto de Gobierno que exige políticas activas e iniciativas concretas.

La lucha efectiva contra la violencia que padecen las mujeres debe desarrollarse en el espacio de la vida pública, porque se trata de una flagrante violación de los derechos humanos que hay que combatir con toda la fuerza y todos los instrumentos del sistema democrático, para impedir que día a día se siga practicando esa especie de terror de puertas adentro del hogar por quienes de puertas afuera pretenden aparecer como ciudadanos de intachable conducta.

Garantizar la publicidad de la justicia y el conocimiento de las sentencias firmes en este tipo de delitos persigue conseguir que la acción de la justicia contribuya, como debe, a crear un clima social de rechazo al delito que se combate. La pena que el Juez imponga en cada caso debe ser respetada en sus estrictos términos, pero además los poderes públicos son responsables de que no se arroje un manto de silencio sobre el crimen para que no se juzgue o sobre la propia condena para que no se conozca.

A este respecto, la presente Ley prevé un programa de actuaciones que favorezca la readaptación voluntaria del agresor.

La Administración regional ha creado una amplia red de recursos de protección a las mujeres maltratadas: Casas de acogida, centros de urgencias, centros de atención a mujeres jóvenes, teléfono gratuito de atención veinticuatro horas y programas de asistencia jurídico-pro-cesal y psicológica. Quizá, por ello, Castilla-La Mancha sea la región española donde menos denuncias por malos tratos se retiran una vez presentadas por las víctimas. Sin embargo, es necesario ordenar y ampliar los instrumentos legales que garanticen la sensibilización, prevención y asistencia a mujeres víctimas de violencia.

La presente Ley quiere ser un paso eficaz para combatir la violencia doméstica, así como un instrumento para garantizar las medidas de asistencia jurídica a mujeres víctimas de violencia y para hacer efectivo el ase-soramiento y la asistencia letrada en juicio.
Pág. 1 de 4    Pag +
Versión para imprimir

Hoteles
Hoteles Barcelona
Hoteles Madrid
Hoteles Málaga
Hoteles Mallorca
Hoteles Sevilla
Hoteles Tenerife