BOE núm. 38
Miércoles 13 febrero 2OO2
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trescientas cuarenta mil ochocientas setenta y cinco pesetas (36.994.343,72 euros) destinados a la financiación del crédito extraordinario a que se refiere el artículo anterior.
Esta autorización servirá de justificante al reconocimiento contable de los correspondientes derechos en el presupuesto de ingresos del Principado de Asturias.
Disposición final.
Esta Ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la guarden y la hagan guardar.
Oviedo, a 14 de diciembre de 2001.
VICENTE ÁLVAREZ ABECÉS. Presidente
(Publicada en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» número 289. de 15 de diciembre de 2001)