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LEYES DE CANARIAS
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LEY 4/2002, de 20 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Santa Cruz de Tenerife.
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22142

Martes 18 junio 2OO2

BOE núm. 145

11 820 LEY 4/2002, de 20 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Santa Cruz de Tenerife.

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 4/2002, de 20 de mayo, de Creación del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Santa Cruz de Tenerife.

La profesión de protésico dental aparece reconocida en el segundo grado de Formación Profesional de la rama sanitaria desde la Orden de 1 de septiembre de 1978 del Ministerio de Educación y Ciencia, dictada al amparo del Real Decreto 707/1976, de 5 de marzo, de ordenación de la Formación Profesional.

Dicho título es el que exigen para ejercer la profesión, tanto la Ley 10/1986, de 1 7 de marzo, por la que se regula la profesión de Odontólogo y las de otros pro-
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