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LEYES DE ANDALUCÍA
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LEY 10/2002, de 21 de diciembre, por la que se aprueban normas en materia de tributos
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BOE núm. 14

Jueves 16 enero 2OO3

992 LEY 10/2002, de 21 de diciembre, por la que se aprueban normas en materia de tributos

cedidos y otras medidas tributarías, administrativas y financieras.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

A todos los que la presente vieren, sabed: Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley por la que se aprueban normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y financieras.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1

La presente Ley aprueba medidas fiscales y administrativas de distinta naturaleza que, al no estar relacionadas directamente con el contenido propio de la Ley del Presupuesto, justifican su inclusión en un texto legal de tramitación separada e independiente de aquélla, si bien son instrumentos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de política económica reflejados en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma.

La Ley consta de 75 artículos, distribuidos en cuatro títulos denominados «Tributos cedidos», «Tributos propios», «Medidas administrativas» y «Cajas de Ahorros de Andalucía», completándose con seis disposiciones adicionales, ocho transitorias, una derogatoria y tres disposiciones finales.

2

El artículo 1 57 de la Constitución estab|ece, en su apartado 1, el marco general del sistema de financiación
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