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LEYES DE CASTILLA Y LEÓN
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LEY 22/2002, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2003.
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BOE núm. 26

Jueves 3O enero 2OO3

3955

1919 LEY 22/2002, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2003.

Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León son la principal herramienta con la que cuenta la Junta de Castilla y León para diseñar su política económica. El fin de las medidas que se adopten en esta política es conseguir la mayor convergencia posible con la Unión Europea, como medio para obtener el resultado último, que es garantizar la mayor calidad de vida posible a los ciudadanos castellanos y leoneses.

En la línea marcada por los Presupuestos Generales de los últimos años, los del año 2003 persiguen como objetivos fundamentales conseguir más empleo y de mayor calidad, fomentar la natalidad, promover la implantación de las nuevas tecnologías en todos los ámbitos de actividad, avanzar en la vertebración de nuestra Comunidad a través de las infraestructuras necesarias, sentar las bases de un modelo educativo realista y abierto al futuro, y favorecer de forma especial a aquellas áreas de nuestro territorio que por situación periférica dificultan a sus habitantes el acceso a los servicios públicos.

Para ello, los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2003 promoverán el crecimiento del Producto Interior Bruto Regional, impulsarán las actuaciones en el ámbito de la investigación, el desarrollo y la innovación, potenciarán la creación de empleo y el autoempleo, incorporarán medidas específicas para las áreas periféricas, promocionarán a las empresas más dinámicas, favorecerán la conciliación de la vida familiar con la laboral, impulsarán la igualdad de oportunidades entre todo tipo de colectivos, e invertirán en infraestructuras y equipamiento, así como en capital humano. Y todo ello, desde el mayor respeto a la normativa comunitaria, que exige que todas estas actuaciones se lleven a cabo de tal manera que se garantice el desarrollo sostenible, esto es, compatible con la conservación del medio ambiente.

Desde el punto de vista de su elaboración documental y presentación, los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2003 son unos Presupuestos elaborados atendiendo al objetivo de estabilidad presupuestaria, de acuerdo con los principios derivados del Pacto de Estabilidad y Crecimiento aprobado en el Consejo de Amsterdam, en junio de 1997, que limita la utilización del déficit público como instrumento de política económica en la Unión Económica y Monetaria.

Los Tratados de la Unión Europea, así como los Acuerdos firmados en el ámbito de la misma, vinculan al Estado Español en cuanto miembro de la Unión. Es más, desde el 1 de enero de 1999 nuestro marco de referencia en materia de política monetaria ha pasado a ser la Unión Económica y Monetaria, cuyo diseño y ejecución recaen en el Banco Central Europeo.

Sobre la base de la obligación asumida por el Estado Español en esta materia, las Comunidades Autónomas deben hacerse partícipes también de este deber por cuanto el artículo 149.1.1 3 de la Constitución establece que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. En el ejercicio de esta competencia se aprobó la Ley 18/2001, de 1 2 de diciembre. General de Estabilidad Presupuestaria, así como la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, cuyo artículo 3, en su primer punto, señala que las Comunidades Autónomas «vendrán obligadas a adecuar su normativa presupuestaria al objetivo de cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria».

De acuerdo con todo lo anterior, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 8 de marzo de 2002, acordó el objetivo de estabilidad presupuestaria referido a los tres ejercicios siguientes para las Comunidades Autónomas.

Posteriormente en la reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera el 5 de abril de 2002, se fijó el objetivo de estabilidad para todas y cada una de las Comunidades Autónomas del O por 1 00 para cada uno de los años 2003, 2004 y 2005 en términos de Contabilidad Nacional, SEC-95.

De conformidad con lo previsto en el Estatuto de Autonomía, la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2003 tiene los mismos límites materiales que la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Por ello, la presente Ley se ha ajustado a los criterios definidos por el Tribunal Constitucional, limitándose a presupuestar las previsiones de ingresos y las autorizaciones de gasto para el ejercicio económico y estableciendo disposiciones de carácter general relacionadas con estas previsiones así como con los criterios de política económica.

A lo largo de los once títulos en que se organiza el texto articulado, se determinan los créditos y sus correspondientes cuantías, que integran los Presupuestos Generales de la Comunidad; se establecen las reglas sobre la limitación y vinculación de los créditos; se disponen normas sobre la autorización y la gestión de los gastos; se fijan los límites para las modificaciones de los créditos inicialmente previstos y se atribuyen las competencias para su autorización; se establecen normas relativas a la cooperación económica con las Entidades Locales; se fijan los límites de los avales del Tesoro así como de los que puede conceder la Agencia de Desarrollo Económico de Castilla y León, y por último, se señalan los límites del endeudamiento y la actualización de las tarifas de ingresos públicos.
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