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LEYES DE CANARIAS
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LEY 7/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2001.
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3090

Jueves 25 enero 2OO1

BOE núm. 22

parición del Arbitrio sobre la Producción e Importación en Canarias (APIC).

Los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias, después de quince años, no incluyen como recurso la apelación al endeudamiento, lo que refleja el pleno cumplimiento de los Escenarios de Consolidación Presupuestaria en materia de déficit no financiero y endeudamientos suscritos con la Administración General del Estado.

Los gastos presupuestarios no tienen un comportamiento expansivo. Se produce un ajuste en las operaciones corrientes, principalmente en los gastos de personal, que crecen a un ritmo inferior al del conjunto de los Presupuestos, lo que, unido al incremento de los ingresos corrientes, inducen a una mayor participación del ahorro bruto en la cobertura de los gastos de capital, que crecen en mayor medida. Esto refleja el esfuerzo de la Comunidad Autónoma de Canarias para elevar la eficiencia en el uso de los recursos públicos.

Al mismo tiempo, se realiza un esfuerzo para mejorar la disciplina y el rigor en la presupuestación, acercando las dotaciones a la realidad del coste de los servicios.

Por otra parte, en estos Presupuestos se articulan medidas efectivas para ¡mplementar una planificación y programación sectorial, en un marco que posibilite el pleno cumplimiento de los objetivos y medidas del PDCAN 2000-2006.

En cuanto a la priorización de las políticas de gasto, es significativo el esfuerzo que se realiza esencialmente en las de naturaleza social, al tiempo que se mantiene el destinado a la dotación y mejora de infraestructuras y al incremento de la competitividad de los sectores productivos.

La política de gasto sanitario, además de absorber la mayor parte de los recursos presupuestarios, es la que experimenta un mayor crecimiento, en orden a afrontar el gasto real de los servicios y prestaciones de esta naturaleza, y así garantizar el funcionamiento de los servicios recientemente incorporados a la red asistencial pública.

Merece atención preferente de estos Presupuestos los Servicios Sociales, donde se produce un incremento de dotaciones para mejorar la oferta de infraestructuras y servicios de atención a personas mayores y discapacitados, así como para continuar con los proyectos de integración social. Asimismo, se incorporan las dotaciones necesarias para hacer frente a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores. Además, en el apartado de atención a las drogodepen-dencias, se hace un esfuerzo para mejorar la accesibilidad a la oferta terapéutica, así como consolidar la red asistencial.

El gasto universitario adquiere importancia, con el fin de dotar adecuadamente a las universidades canarias de un nuevo marco de financiación plurianual mediante contratos-programa, así como garantizar cobertura que les permita afrontar los compromisos asumidos con colectivos universitarios, el saneamiento del sistema y la mejora de la calidad de este nivel educativo.

Se hace un significativo esfuerzo para dotar los nuevos órganos judiciales puestos en funcionamiento y vinculados a acciones para mejorar la calidad de estos servicios y ajustar las dotaciones presupuestarias a la realidad de su coste.

Los sectores productivos tienen una especial dotación en el marco de los objetivos del citado PDCAN 2000-2006. De especial significación es el esfuerzo que se realiza en este ejercicio para incrementar las políticas de gastos vinculadas al sector agropecuario, en atención a su singular y coyuntural problemática. Igualmente, se incorporan dotaciones para la ejecución de sus planes sectoriales en este ámbito productivo.

Por su importancia estratégica son de destacar los incrementos de dotaciones para I+D+I y el desarrollo de la Sociedad de la Información.

Con respecto al compromiso con las corporaciones locales canarias, se resaltan dos aspectos. En primer lugar, la instrumentación de modificaciones tributarias para compensarles de la pérdida de recursos por la desaparición del APIC ya reseñada y, en segundo lugar, se incorporan las dotaciones del Fondo Canario de Financiación Municipal y la necesaria para el ejercicio de las competencias transferidas y delegadas a los cabildos insulares.

La Ley, por el carácter acotado de las materias que regula, reproduce la estructura básica de ejercicios anteriores.

Sin embargo, ello no ha sido óbice para que a su contenido mínimo necesario e indisponible también le alcancen las modificaciones de carácter formal, introducidas con el fin de regularizar la estructura interna de los artículos y de facilitar su comprensión.

La minoración del contenido eventual es resultado del esfuerzo realizado para delimitar el mismo a la esfera presupuestaria. Así, como consecuencia inevitab|e de la necesidad de incorporar a la Ley sólo las materias que por su naturaleza le sean propias, se han disminuido sensiblemente las disposiciones adicionales, favoreciendo su integración en el articulado.

En el sentido expresado, con la finalidad de racionalizar y simplificar el texto articulado de la Ley, se han incorporado medidas para agilizar la gestión presupuestaria sin menoscabo del cumplimiento de las normas de control, que requiere la vigente legislación, en particular las que se refieren al sector público empresarial.

TÍTULO I

De la aprobación de los presupuestos y sus modificaciones

CAPÍTULO I Créditos iniciales y financiación de los mismos

Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

En los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2001 se integran:

1. El Presupuesto de la Comunidad Autónoma.

2. Los presupuestos de los siguientes organismos autónomos de carácter administrativo:

Instituto Canario de Administración Pública.

Instituto Canario de Estadística.

Instituto Canario de Formación y Empleo.

Instituto Canario de la Mujer.

Instituto Canario de Investigaciones Agrarias.

Academia Canaria de Seguridad.

Servicio Canario de la Salud.

Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

3. El Presupuesto del Organismo Autónomo de carácter comercial Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

4. El Presupuesto de las entidades de Derecho Público:

Consejo Económico y Social. Radiotelevisión Canaria.

5. El Presupuesto de la Entidad de Derecho Público del artículo 5.1.b) de la Ley 7/1984, de 1 1 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de
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