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LEYES DE NAVARRA
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LEY FORAL 28/2003, de 4 de abril, de modificación de la Ley Foral 1/1993, de 17 de febrero, de creación del Consejo Navarro de Medio Ambiente.
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19106

Martes 2O mayo 2OO3

BOE núm. 12O

es preciso incrementar la representatividad del colectivo de la caza de este Consejo, haciendo miembro de la misma a otras asociaciones que representan a la mayoría de los cazadores navarros, los cuales practican el deporte de la caza como ocio.

Es de interés resaltar que, cuando se promulgó esa Ley Foral, la Federación Navarra de Caza era la única representante de los cazadores, pero hoy en día existen otras asociaciones que casi triplican su número de socios y, sin embargo, los temas que se debaten en la Comisión Asesora de Caza no se tiene la posibilidad de defenderlos en el foro del Consejo de Medio Ambiente al no tener allí representación.

La Asociación de Cazadores de Navarra (ADECANA) tiene entre sus fines, la representación ante organismos públicos y privados de las sociedades locales de cazadores, cuadrillas y cazadores independientes en el ámbito de nuestra comunidad, actuaciones tendentes a la conservación, fomento y racional aprovechamiento de la riqueza cinegética, así como la mejor protección, conservación y fomento de la riqueza cinegética, representando la misma a un gran número de cazadores, de sociedades locales de cazadores y cotos privados de caza.

Por todo ello se propone la modificación del artículo 3, apartado 1, letra g), déla Ley Foral 1/1993.

Artículo único.

Se modifica la letra g) del apartado 1 del artículo 3 de la Ley Foral 1/1 993, de 1 7 de febrero, de creación del Consejo Navarro de Medio Ambiente, que tendrá la siguiente redacción:

«g) Un representante designado por cada una de las Federaciones de Montaña, Caza y Pesca y un representante designado por la Asociación de Cazadores de Navarra (ADECANA).»

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 4 de abril de 2003.

MIGUEL SANZ SESMA, Presidente

¡Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra,, número 45, de 11 de abril de 2003.1
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