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Lunes 14 agosto 2006
BOE núm. 193
Por todo ello, dado que se cumplen las condiciones legales establecidas en el título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y desde el máximo respeto a la autonomía local y a la potestad de autoorganización municipal, mediante esta ley se dispone la aplicación al municipio deTorrevieja del régimen de organización de los municipios de gran población.
Artículo único
Se declara de aplicación al municipio deTorrevieja el régimen de organización de los municipios de gran población, de acuerdo con lo establecido en el título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Disposición transitoria
El Pleno del Ayuntamiento deTorrevieja dispondrá de un plazo de seis meses, desde la entrada en vigor de la
presente ley, para aprobar las normas orgánicas necesarias para la adaptación de su organización a lo previsto en el título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Disposición final
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos, tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta Ley.
Valencia, 14 de julio de 2006.-EI President de la Generalitat, Francisco Camps Ortiz.
(Publicada en el DOGV número 5.304, de 77 de julio de 2006)