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LEYES DE ASTURIAS
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LEY 5/2001, de 21 de mayo, de creación del Colegio Oficial de Ingenieros en Informática.
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26096

Jueves 19 julio 2OO1

BOE núm. 172

13942 LEY 5/2001, de 21 de mayo, de creación del Colegio Oficial de Ingenieros en Informática.

EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de creación del Colegio Oficial de Ingenieros en Informática.

PREÁMBULO

La Constitución Española, en su artículo 149.1.18, reserva al Estado la competencia sobre «las bases del régimen jurídico de las administraciones públicas», mientras que en su artículo 36 prevé que «la Ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los colegios profesionales».
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