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LEYES DE ARAGÓN
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LEY 9/2003, de 12 de marzo, de fomento y coordinación de la investigación, el desarrollo y transferencia de conocimientos en Aragón.
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BOE núm. 79

Miércoles 2 abril 2OO3

12719

6602 LEY 9/2003, de 12 de marzo, de fomento y coordinación de la investigación, el desarrollo y transferencia de conocimientos en Aragón.


EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.

PREÁMBULO

La Constitución Española, en su artículo 44.2, establece que «Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general». A tal efecto, el artículo 149.1.1 5 define como competencia exclusiva del Estado el fomento y la coordinación general de la investigación científica y técnica. Para dar cumplimiento a este mandato constitucional, se aprueba la Ley 13/1986, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, que establece los mecanismos de coordinación de la actuación en materia de investigación de las Comunidades Autónomas entre sí y de estas con la Administración del Estado.

Por otra parte, el Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 35.1.29.a, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de investigación científica y técnica, en coordinación con la general del Estado. En el ejercicio de esta competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la potestad legislativa, la reglamentaria y la función ejecutiva.

El fomento y coordinación de la investigación, así como la transferencia de conocimientos deben estar dirigidos al desarrollo de distintos aspectos de la sociedad, tanto en el ámbito cultural como en el científico y tecnológico. Por otro lado, la generación y difusión de conocimiento es un bien en sí mismo, al margen de su potencial utilización práctica.

Desde su constitución inicial, el Gobierno de Aragón ha tenido entre sus prioridades la organización de la investigación en la Comunidad Autónoma. Así, se crearon, mediante Decreto 83/1983, de 4 de agosto, y
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