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LEYES DE CASTILLA LA MANCHA
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LEY 3/2003, de 13 de febrero, de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
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BOE núm. 129

Viernes 3O mayo 2003

20867

10839 LEY 3/2003, de 13 de febrero, de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Castilla-La Mancha es sólo una pequeña región de un planeta donde la inmensa mayoría de los seres humanos viven mucho peor que nosotros. Estas personas tienen necesidades pero, a su vez, cuentan con muchos valores que aportarnos.

Según el Informe de Desarrollo Humano de 2001 elaborado por Naciones Unidas, once millones de niños menores de 5 años mueren anualmente debido a la pobreza; cerca de 325 millones de personas en edad escolar no asisten a la escuela; de los 4.600 millones de habitantes de los países en vías de desarrollo, más de 850 son analfabetos, 1.000 carecen de servicios de agua potable y 2.400 de servicios sanitarios; en la actualidad, 1.200 millones de personas disponen de menos de un dólar diario para sobrevivir y 2.800 millones han de hacerlo con menos de dos dólares.

Vivimos en una sociedad mundial de desigualdades clamorosas, en la que cada vez más la riqueza se concentra en menos manos y crecen las distancias entre quienes más poseen y los desposeídos. Bastaría sólo una parte de lo que empleamos en bienes prescindibles dentro de los países más ricos para satisfacer las necesidades elementales de quienes hoy no las tienen satisfechas.

Lo que costaría alimentar y dar salud básica a quienes en el mundo hoy no pueden acceder a ello asciende a 13.000 millones de dólares anuales, cantidad menor de lo que se gasta en Estados Unidos en comida para animales domésticos (1 7.000 millones).

Dar agua potable y saneamiento a quienes los necesitan (el 25% de la población mundial) costaría 9.000 millones de dólares, cantidad menor que la que los europeos gastamos en helados durante un año (1 1.000 millones de dólares).

Cuando la humanidad ha alcanzado los niveles científicos y tecnológicos más altos, logrando proezas hasta hace poco inimaginables, no podemos renunciar a capacidades tan humanas como son las de sentir y las de pensar.

Sentimos la necesidad de combatir aquello que impide el ejercicio de las libertades fundamentales y de favorecer una vida digna para quienes hoy carecen de ella.

Los ciudadanos de los países más desarrollados debemos pensar soluciones y rebelarnos ante el falaz dic-

tamen de que las cosas no pueden ser de otro modo, de que no es posible otro mundo mejor.

Son muchos los castellano-manchegos y las caste-llano-manchegas que, desde nuestra tierra o repartidos por los lugares más desfavorecidos del planeta, con actitud desinteresada, lo testimonian y nos dan ejemplo de ello: quienes trabajan en proyectos de desarrollo, los inscritos en la Oficina Regional de Voluntariado, las organizaciones no gubernamentales que tienen la cooperación internacional como el principal o uno de sus principales motivos.

Castilla-La Mancha se siente partícipe de su misma causa. Nuestra Comunidad Autónoma ha venido incrementando sus presupuestos de cooperación progresivamente en los últimos años, hasta el punto de superar el 0,7 por ciento de sus ingresos propios. Nos cabe la moderada satisfacción de ser, en cuanto a aportación económica, una de las primeras Comunidades de España.

Pero realizar tal propósito solidario requiere también de una ley que regule los procedimientos de la cooperación y aune los esfuerzos de la sociedad castella-no-manchega.

Esta ley se inserta en la línea más avanzada de principios, normativas y políticas de cooperación internacional. Además de la legislación estatal, tiene como referentes específicos la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo y el Programa de las Naciones Unidas, los compromisos alcanzados en la Cumbre de Desarrollo Social de 1995, así como las Pautas para la Reducción de la Pobreza establecidas por el Comité de Ayuda al Desarrollo de mayo de 2001 en su estrategia para el siglo XXI.

Esta ley adopta un nuevo planteamiento de la Cooperación Internacional para el Desarrollo que emana del principio de participación y de la interdependencia de ios pueblos. Por ello, no es ajena a la preocupación compartida por los crecientes flujos de inmigración de personas provenientes de países más desfavorecidos y las evidentes consecuencias de procesos de desarrollo excluyentes.

Con la aprobación de esta ley se pretende dar respuesta a las necesidades de una cooperación entre los pueblos cada vez más eficaz y transparente.

CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Artículo 1. Objeto.

La presente ley tiene por objeto regular la Cooperación Internacional para el Desarrollo promovida y desarrollada por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Artículo 2. Principios inspiradores.

Esta ley expresa la solidaridad de Castilla-La Mancha con los más desfavorecidos que viven en los países en vías de desarrollo, y además de los previstos en la legislación estatal tiene como principios inspiradores la igualdad de todos los seres humanos en dignidad y derechos, así como la obligación de ayudarse mutuamente.

Artículo 3. Prioridades de Actuación.

La Cooperación Internacional para el Desarrollo se realizará de acuerdo a las prioridades sectoriales y geográficas que se establecen en la presente ley.

1. Prioridades Sectoriales.

Son sectores de actuación preferente los siguientes: a. La salud, alimentación, educación, vivienda, saneamiento y agua potable.
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