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Lunes 14 febrero 2005
BOE núm. 38
2358 Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de caza de la Comunidad Valenciana.
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que las Cortes Valencianas han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley
PREÁMBULO
La necesidad de adecuar la Ley de Caza de 1970 a las nuevas realidades derivadas del hecho autonómico, de la integración de España en la Unión Europea y de la nueva sensibilidad ambiental existente en la sociedad, motiva el establecimiento de una Ley de Caza de la Comunidad Valenciana adecuada a sus tradiciones y a su realidad ambiental, social, económica y cultural.
Esta ley regula la caza en línea con la legislación existente en materia de especies o espacios protegidos como un recurso natural más, renovable y vivo, que debe ser ordenado y gestionado conforme a las pautas de sosteni-bilidad, estabilidad y plena compatibilidad con la conservación de la biodiversidad y con el resto de los múltiples usos posibles de los espacios naturales.
Estos objetivos exigen una ley innovadora, profundamente diferente en su filosofía y concepción a la existente, y cargada con un fuerte contenido ecológico, técnico y social, sin olvidar aquellos aspectos económicos ligados al desarrollo de las zonas rurales. Así, en esta Ley, conservar la caza es sinónimo de conservación del medio natural o, dicho de otra manera, la gestión de la caza, conforme a las prescripciones de esta Ley, se convierte en una herramienta para la conservación del medio natural, y todo ello con el objetivo complementario de ver optimizadas sus conocidas y valiosas potencialidades sociales y económicas.
En este sentido, la ley define en su título I la caza como el aprovechamiento racional de los recursos cinegéticos