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LEYES DE CATALUÑA
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LEY 10/2004, de 24 de diciembre, de modificación de la Ley 2/2002, de 14 de marzo, de urbanismo para el fomento de la vivienda asequible, de la sostenibilidad territorial y de la autonomía local.
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Miércoles 16 febrero 2005

BOE núm. 40

2531 LEY 10/2004, de 24 de diciembre, de modificación de la Ley 2/2002, de 14 de marzo, de urbanismo para el fomento de la vivienda asequible, de la sostenibilidad territorial y de la autonomía local.

EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 10/2004, de 24 de diciembre, de modificación de la ley 2/2002, de 14 de marzo, de urbanismo, para el fomento de la vivienda asequible, de la sostenibilidad territorial y de la autonomía local.

PREÁMBULO

I

La articulación del territorio catalán como una realidad ambientalmente sostenible, funcionalmente eficiente, económicamente competitiva y socialmente cohesionada debe ser el objetivo principal de la acción de los poderes públicos y de la normativa en materia de urbanismo y ordenación del territorio. Para avanzar hacia estos fines, imprescindibles a la hora de garantizar el bienestar de las generaciones presentes y de las venideras, es preciso promover un modelo de urbanización que se caracterice, en términos generales, por la compacidad de los asentamientos, la diversidad de sus funciones y el carácter socialmente integrado de su población.

El territorio catalán presenta unas potencialidades óptimas para un desarrollo de dicho tipo. Potencialidades que son fruto tanto de los factores físicos —el clima, la orografía variada, la riqueza de los paisajes— como del legado histórico — la estructura urbana, las infraestructuras, la persistente humanización del entorno— y la actuación de los poderes públicos. Sin embargo, existen algunas dinámicas —como por ejemplo la dispersión de la urbani-
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