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LEYES DE VALENCIA
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LEY 4/2006, de 19 de mayo, de patrimonio arbóreo monumental.
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11581 LEY 4/2006, de 19 de mayo, de patrimonio arbóreo monumental.

Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:

PREÁMBULO

La Comunitat Valenciana, por sus características ambientales e históricas, ha visto favorecida la existencia de una gran biodiversidad de especies vegetales leñosas autóctonas y alóctonas, que forman parte de la vegetación de nuestros bosques y de los campos de cultivos agrícola; algunas son especies vegetales naturalizadas introducidas en estas tierras en tiempos remotos, otras forman parte de la vegetación ornamental de nuestros pueblos y ciudades, etc.

Este conjunto de hechos ha facilitado que en el medio natural, agrícola y urbano, existan grupos y ejemplares botánicos que por sus características excepcionales de valor histórico, cultural, científico y de recreo constituyen un patrimonio arbóreo único; dichos ejemplares representan una parte singular del patrimonio medio ambiental y cultural del pueblo valenciano, y es, por tanto, de evidente interés público su protección y conservación.

Este patrimonio arbóreo vivo, formado por los árboles de medidas espectaculares, comprende también los arbustos u otros ejemplares no arbóreos de dimensiones destacables; los que encierran un importante significado histórico o simbólico y aquellos que recogen tradiciones religiosas o sociales o presentan un alto valor etnoagrario o etnobotánico. Igualmente, deben incluirse en este apartado ejemplares de especies leñosas extremadamente raras, cuya presencia implica un valor científico sobresaliente y aquellos de los que la sociedad disfruta con su contemplación.

Los árboles que responden a estas características han alcanzado dimensiones y formas inhabituales para sus respectivas especies y son deudoras del esfuerzo del ser humano en su cuidado y mantenimiento multicentenario; de hecho, la gran mayoría de este arbolado corresponde a especímenes que han sido plantados y mejorados a lo largo del tiempo: muchos de ellos están en jardines históricos, plazas de pueblos y ciudades, descansaderos de vías pecuarias, eras y otros entornos cercanos a edificaciones rurales o masías. Igualmente, sobreviven ejemplares multicentenarios de algunas especies agrícolas particularmente longevas.

Muchos de estos espacios arbolados están en peligro por causas diversas, mayoritariamente achacables a su edad generalmente avanzada y a la actividad actual e histórica del ser humano. Estos riesgos se han visto favorecidos por la falta de conocimiento del número de individuos destacables y de su estado de salud. Se calcula que a lo largo del siglo XX, las anteriores razones han propiciado la pérdida de una parte sustancial del patrimonio arbóreo sobresaliente de la Comunitat Valenciana.

Para detener y evitar la degradación y desaparición de este patrimonio arbóreo, se requiere de una asistencia continuada individualizada y de cuidados especializados que garanticen su pervivencia. Así, junto con su protección, deben establecerse instrumentos de planificación que aseguren su adecuada gestión, el seguimiento de la evolución de su estado de salud, la aplicación de los tratamientos de conservación, la restauración de los árboles y la mejora del entorno u otras acciones necesarias.

Hay que tener en cuenta que estos árboles han dejado de ser meramente, y en esencia, árboles forestales, agrícolas u ornamentales, para pasar a ser las piezas únicas de un patrimonio natural y cultural formado por árboles
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