BOE núm. 297
Miércoles 13 diciembre 2006
43725
Disposición transitoria única.
1. La Asociación de Ingenieros Técnicos en Informática de Canarias (AITECI-Canarias), actuando como comisión gestora, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, aprobará unos estatutos provisionales que regularán la condición de colegiado mediante la cual se podrá participar en la asamblea constituyente del Colegio, así como el procedimiento de convocatoria y desarrollo de dicha asamblea. La convocatoria se publicará con una antelación mínima de quince días en el «Boletín Oficial de Canarias» y en los diarios de la mayor difusión de las provincias de Las Palmas y de Santa Cruz deTenerife.
2. La asamblea constituyente deberán:
a) Elaborar y aprobar los estatutos definitivos del Colegio.
b) Elegir a los miembros de los órganos de Gobierno.
Disposición final única.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».
Por lo tanto, mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Santa Cruz de Tenerife, 10 de noviembre de 2006.-EI Presidente, Adán Martín Menis.
(Publicada en el «Boletín Oficial de Canarias» número 226, de 21 de noviembre de 2006.}