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LEYES DE ARAGÓN
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LEY 4/2001, de 10 de abril, sobre concesión de créditos extraordinarios y suplemento de crédito, por importe de 2.700.000.000 de pesetas, para hacer frente a gastos extraordinarios en relación con la lucha y prevención de la encefalopatía espongiforme bovina, inundaciones en la cuenca del Matarraña y otros municipios aragoneses y plan de actuaciones de Walqa.
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BOE núm. 1 18

Jueves 17 mayo 2OO1

17479

9343 LEY 4/2001, de 10 de abril, sobre concesión de créditos extraordinarios y suplemento de crédito, por importe de 2.700.000.000 de pesetas, para hacer frente a gastos extraordinarios en relación con la lucha y prevención de la encefalopatía espongiforme bovina, inundaciones en la cuenca del Matarraña y otros municipios aragoneses y plan de actuaciones de Walqa.

En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.

PREÁMBULO

La Diputación General de Aragón tiene necesidad de afrontar la realización de determinados gastos que, por su naturaleza extraordinaria y sobrevenida, no tienen cobertura en la Ley de Presupuestos para el ejercicio corriente ni es posible dotarlos mediante el sistema de modificaciones presupuestarias ordinarias previsto en el Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, ni en la Ley de Presupuestos actualmente vigente.

En concreto, el desarrollo de las medidas adoptadas en el ámbito comunitario y nacional como consecuencia de la enfermedad de la encefalopatía espongiforme bovina (EEB), plasmadas en un Plan integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles (EET), dirigidas a garantizar al consumidor mayores niveles en la seguridad alimentaria, requiere de una acción común y coordinada y de un esfuerzo presupuestario extraordinario para poder hacer frente a las mismas.

El Convenio de colaboración de 1 2 de diciembre de 2000, entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Diputación General de Aragón, establece las bases generales de colaboración entre ambas administraciones para instrumentar las acciones de control y prevención de la encefalopatía espongiforme bovina mediante la utilización del test «prionic». El apartado D de la cláusula segunda del Convenio recoge las obligaciones de financiación asumidas por la Administración central.

El Convenio de colaboración de 4 de enero de 2001 entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Diputación General de Aragón, establece las bases generales de colaboración entre ambas administraciones para ¡mplementar y financiar las medidas incluidas en el Plan coordinado de actuación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas de lucha contra la encefalopatía espongiforme bovina en España y medidas colaterales. La cláusula tercera del convenio recoge las actuaciones financieras de las partes, especificando los compromisos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y de la Diputación General de Aragón.

Las medidas que se derivan de este Convenio y otras actuaciones imprescindibles para poder desarrollar el Plan integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes bovinas, comporta unas necesidades presupuestarias globales de mil cuatrocientos millones de pesetas.

Por otra parte, la tormenta ocurrida durante los días 21, 22, 23 y 24 de octubre de 2000 en la cuenca del río Matarraña y, en menor medida, en otras cuencas hidrográficas, produjo importantes daños en infraestruc-
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