TodaLaLey
Inicio TodaLaLey

Textos Completos
Boletines Nacionales
Boletines Autonómicos
Boletines Provinciales

Legislación
Leyes Orgánicas
Leyes Ordinarias
Reales Decretos Leyes
Reales Decretos Legislativos
Leyes de CC.AA.

Contratos
Civiles
Mercantiles

Formularios
Administrativos
Procesales
Más formularios

Guías
Civiles
Mercantiles
Laborales
Administrativas y Procesales

Administración Pública
Admiweb
Becas
Ayudas y Subvenciones
Concursos
Empleo Público

Otros
Libros
Hoteles
Postales
Cursos, Masters y oposiciones
Canal Hipoteca
Tu Divorcio

LEYES DE ASTURIAS
Volver a Leyes de Asturias
LEY 3/2000, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2001.
Pág. 2 de 11 Pag -  Pag +
Versión para imprimir 

7458

Miércoles 28 febrero 2OO1

BOE núm. 51

nes configuran una red de prestaciones y servicios de carácter universal, imprescindibles para dar respuesta a las nuevas demandas sociales surgidas en los últimos años.

El impulso al desarrollo de la sociedad de la información y del conocimiento es otro de los objetivos de los Presupuestos para 2001. Así, se prestará especial atención a las políticas de I + D + I, el desarrollo de las telecomunicaciones, la Universidad, la educación y la formación profesional y ocupacional. Todas estas políticas están destinadas a la movilización y cualificación de los recursos humanos, porque el capital científico, tecnológico y humano constituye un factor estratégico de crecimiento.

Por otra parte, al asumir la efectividad del traspaso de bienes y servicios correspondiente a la competencia de educación no universitaria, se potenciarán los programas educativos a través de cuatro ámbitos de actuación: desarrollo de una mejor y mayor oferta educativa, atención preferente a la calidad, diversidad y compensación de desigualdades, generalización del uso de nuevas tecnologías y mejora de infraestructuras y equipamiento.

Por último, los Presupuestos del Principado de Asturias para 2001 recogen también de forma relevante facetas que, como el turismo, la protección del medio ambiente y del patrimonio histórico y cultural, configuran nuestros signos distintivos, capaces de convertirse en relevantes elementos estratégicos para el desarrollo de nuestra economía.

CAPÍTULO I

De la aprobación de los Presupuestos y de sus modificaciones

SECCIÓN PRIMERA.

CRÉDITOS INICIALES Y FINANCIACIÓN DE LOS MISMOS

Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias.

1. Los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el ejercicio 2001 se integran por:

a) El presupuesto de la Administración del Principado.

b) Los presupuestos de los organismos públicos del Principado:

Centro Regional de Bellas Artes.

Instituto de Fomento Regional.

Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias.

Consejo Económico y Social.

Consejo de la Juventud.

Comisión Regional del Banco de Tierras.

Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias.

Servicio de Salud del Principado de Asturias.

Junta de Saneamiento.

Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agro-alimentario.

c) Los presupuestos de los siguientes entes públicos:

Real Instituto de Estudios Asturianos. Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime.

d) Los presupuestos de las siguientes empresas públicas del Principado, constituidas por aquellas entidades mercantiles con participación mayoritaria, directa o indirecta, del Principado en su capital social:

«Sociedad Regional de Recaudación del Principado de Asturias, Sociedad Anónima».

«Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales, Sociedad Anónima».

«Viviendas del Principado de Asturias, Sociedad Anónima».

«Sedes, Sociedad Anónima».

«Productora de Programas del Principado de Asturias, Sociedad Anónima».

«Empresa Asturiana de Servicios Agrarios, Sociedad Anónima».

«Sociedad Inmobiliaria del Real Sitio de Covadonga, Sociedad Anónima».

«Hostelería Asturiana, Sociedad Anónima».

«Inspección Técnica de Vehículos de Asturias, Sociedad Anónima».

«Sociedad Regional de Promoción del Principado de Asturias, Sociedad Anónima».

«Sociedad Regional de Turismo, Sociedad Anónima».

Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos.

1. En el estado de gastos del presupuesto de la Administración del Principado se consignan créditos para la ejecución de los distintos programas por importe de 289.340.423.000 pesetas, cuya financiación figura en el estado de ingresos con el siguiente detalle:

a) Derechos económicos estimados a liquidar para el ejercicio, por un importe de 264.340.423.000 pesetas.

b) Endeudamiento resultante de las operaciones de crédito a realizar durante el ejercicio 2001, por importe de 25.000.000.000 de pesetas.

2. Para la ejecución de los programas de los organismos públicos del Principado de Asturias, se consignan en los estados de gastos créditos por los importes siguientes:

a) Centro Regional de Bellas Artes: 387.514.000 pesetas.

b) Instituto de Fomento Regional: 5.318.606.000 pesetas.

c) Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias: 648.000.000 de pesetas.

d) Consejo Económico y Social: 55.999.000 pesetas.

e) Consejo de la Juventud: 54.004.000 pesetas.

f) Comisión Regional del Banco de Tierras: 127.902.000 pesetas.

g) Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias: 5.236.438.000 pesetas.

h) Servicio de Salud del Principado de Asturias: 9.604.400.000 pesetas.

i) Junta de Saneamiento: 3.114.153.000 pesetas.

j) Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario: 986.905.000 pesetas.

3. Los créditos a que hace referencia el apartado anterior se financiarán con los derechos económicos que figuran en los estados de ingresos de cada organismo público, por el mismo importe que los gastos consignados.

4. En los presupuestos de los entes públicos se aprueban dotaciones por los siguientes importes, que se financiarán con unos recursos totales de igual cuantía:

a) Real Instituto de Estudios Asturianos: 43.515.000 pesetas.

b) Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime: 32.550.000 pesetas.
LEY 3,00 Asturias - 0002-1.jpg
Pág. 2 de 11 Pag -  Pag +
Versión para imprimir


Correciones de Errores:

En el BOE núm.92 de 17 de abril de 2001 se publica la corrección de errores de la presente Ley.
Se advierte que en el artículo 2 donde dice: "De la aprobación de los estados de gastos e ingresos.
5. En los presupuestos de las empresas públicas con participación mayoritaria, directa o indirecta, del Principado en su capital social se incluyen las estimaciones y previsiones de gastos e ingresos, así como sus estados financieros referidos a su actividad específica:
e) "Productora de Programas del Principado de Asturias, Sociedad Anónima": doscientos nueve millones seiscientas treinta y seis mil (209.636.000) pesetas.»
Debe decir:
"De la aprobación de los estados de gastos e ingresos.
5. En los presupuestos de las empresas públicas con participación mayoritaria, directa o indirecta, del Principado en su capital social se incluyen las estimaciones y previsiones de gastos e ingresos, así como sus estados financieros referidos a su actividad específica:
e) "Productora de Programas del Principado de Asturias, Sociedad Anónima": ciento ochenta y siete millones setecientas trece mil (187.713.000) pesetas.»

Hoteles
Hoteles Barcelona
Hoteles Madrid
Hoteles Málaga
Hoteles Mallorca
Hoteles Sevilla
Hoteles Tenerife