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LEYES DE VALENCIA
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LEY 10/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalítat Valenciana para el ejercicio 2002.
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BOE núm. 33

Jueves 7 febrero 2OO2

4855

El tercero de los capítulos, en desarrollo de los Acuerdos adoptados por el Gobierno Valenciano en materia de Financiación Plurianual de las Universidades Públicas de la Comunidad Valenciana, recoge toda una serie de preceptos dirigidos a establecer el marco jurídico básico aplicable a las actuaciones financieras de la Generalitat Valenciana en el sector de la Educación Universitaria.

El cuarto de los capítulos de este Título II, consta de un único artículo donde se detallan los créditos del presupuesto que tienen el carácter de preceptivos, así como el régimen jurídico presupuestario aplicable a los mismos.

En el quinto y último de los capítulos, se incluyen un conjunto de normas que, por motivos coyunturales, flexibilizan el contenido del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana en materia de modificaciones presupuestarias.

El Título III, «De los gastos de personal», se ordena en un capítulo único, y en él se recogen las normas que tienen como denominador común venir referidas al régimen de las retribuciones del personal al servicio de la Generalitat Valenciana, distinguiendo según sea laboral o funcionario, y la repercusión que tiene en el mismo el incremento anual de las mismas, que para el ejercicio del año 2002 se ha establecido en un importe equivalente al crecimiento del IPC previsto, cifrado en un 2 por ciento.

Otras normas de interés, que se incluyen en este Título, son las relativas a la Oferta de Empleo Público, las retribuciones de los altos cargos del Consell, así como los requisitos para la contratación del personal laboral con cargo a los créditos para inversiones.

El Título IV, «Gestión de las transferencias corrientes y de capital», incluye toda una serie de excepciones al régimen general de libramiento de las ayudas previsto en el artículo 47 bis del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, y dentro del mismo cabe destacar la inclusión de dos nuevas excepciones, por un lado, las relativas a las subvenciones de naturaleza corrientes libradas a favor de las Federaciones Deportivas y, por otro lado, la que afecta al conjunto de subvenciones a prestar por el Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana.

El Título V, «De las operaciones financieras», se estructura en un único capítulo, y en él se recoge fundamentalmente la autorización para el endeudamiento anual de la Generalitat Valenciana, que este año, en la senda iniciada en el pasado ejercicio, se fija en cero pesetas, en el marco de los Acuerdos suscritos con la Administración Central en materia de contención y control del gasto público.

Igualmente, se fija el límite de las operaciones de crédito a concertar por dos entes públicos, el Instituto Valenciano de Finanzas y Radiotelevisión Valenciana.

Además, el texto recoge el importe máximo de los avales a prestar por la Generalitat Valenciana durante el año 2002.

A este respecto cabe apuntar que en este Título se ha optado básicamente por ajustar los importes sobre los que se ordenan los mencionados límites a las cifras del pasado año.

Él Título VI, «De las normas tributarias», se compone de dos capítulos, el primero se limita a incluir actualizaciones puntuales en la tarifa aplicable al Canon de Saneamiento así como a recoger una revisión del tipo aplicable en el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, cuyo alcance queda condicionado en razón de la naturaleza de las operaciones afectadas; el segundo regula, además del incremento aplicable a los importes correspondientes de la Tasa sobre el Juego de las máquinas y aparatos automáticos, la de los tipos aplicables

a las Tasas de la Generalitat Valenciana, que para el presente ejercicio se fija en un 2 por 100, es decir se actualizan al tipo de inflación esperado.

Por último, el Título VII, «De la información a las Cortes», incluye un sólo artículo, que detalla un conjunto de supuestos, vinculados al ámbito económico-presupuestario, sobre los que el conseller de Economía, Hacienda y Empleo tiene que dar cuenta periódicamente a las Cortes Valencianas.

TÍTULO I De la aprobación de los presupuestos

CAPÍTULO I Contenido, créditos iniciales

Artículo 1. Contenido.

1. Los Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2002 constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de:

a) Las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Generalitat y sus entidades autónomas, así como los derechos que se prevé liquidar durante el ejercicio.

b) Las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por las sociedades mercantiles de la Generalitat.

c) La totalidad de los gastos e ingresos de las restantes entidades de derecho público de la Generalitat.

2. En consecuencia, los Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2002 son el resultado de la integración de los siguientes presupuestos:

a) El del Sector Administración General de la Generalitat.

b) Los de las entidades autónomas de la Generalitat.

c) Los de las sociedades mercantiles de la Generalitat.

d) Los de las restantes entidades de derecho público de la Generalitat.

Artículo 2. Créditos inicíales.

1. Para la ejecución de los programas integrados en el estado de gastos del Presupuesto del Sector Administración General, se aprueban créditos por importe de 8.339.601,11 miles de euros, cuya distribución por Grupos Funcionales es la siguiente:

Miles de euros

O. Deuda Pública ............................ 390.508,37

1. Servicios de Carácter General ........ 223.700,34

2. Defensa, Protección Civil y Seguridad Ciudadana ........... 49039,65

3 Seguridad, Protección y Promoción

Social ....................................... 482.693,92

4. Producción de Bienes Públicos de

Carácter Social ........................... 6.020.428,76

5. Producción de Bienes Públicos de

Carácter Económico .................... 644.318,04

6. Regulación Económica de Carácter

General ..................................... 161.449,54

7. Regulación Económica de los Sectores Productivos ........................ 367.462,49

2. Las dotaciones de gastos aprobadas para el cumplimiento de los fines de las distintas entidades auto-
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