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Jueves 18 abril 2OO2
BOE núm. 93
7366 LEY 1/2002, de 26 de marzo, por la que se modifica la Ley de Galicia 6/1984, de 5 de junio, del Valedor do Pobo.
La Institución del Valedor do Pobo, creada por la Ley de Galicia 6/1984, de 5 de junio, en base a la habilitación contenida en el artículo 14 del Estatuto de Autonomía de Galicia, inició su andadura en el segundo trimestre del año 1 990. durante la tercera legislatura.
Corresponde a dicha Institución, como garante de los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos en la Constitución, de los derechos individuales y colectivos emanados del Estatuto de Autonomía de Galicia, en especial los sancionados en el título preliminar, supervisar la actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma, de sus Entes y empresas públicas o dependientes, así como la de la Administración Local en aquellas materias cuya competencia sea de nuestra Comunidad Autónoma.
La magnitud alcanzada por la Administración Autonómica gallega desde la fecha de puesta en funcionamiento de esta Institución, como consecuencia del traspaso de competencias transferidas desde la Administración General del Estado, aconseja proceder al incremento del número de Vicevaledores, como órganos auxiliares de este Alto Comisionado, que permitan imple-