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LEYES DE CASTILLA LA MANCHA
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LEY 11/2002, de 27 de junio, de modificación de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre. Electoral de Castilla-La Mancha.
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BOE núm. 169

Martes 16 julio 2OO2

14087 LEY 11/2002, de 27 de junio, de modificación de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre. Electoral de Castilla-La Mancha.

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.

PREÁMBULO

La lucha por la conquista de los derechos civiles y políticos, y su extensión a todos los ciudadanos y ciudadanas, ha sido una constante a lo largo de los últimos siglos. La Comunidad de Castilla-La Mancha quiere ser parte activa en esta causa que viene modificando poderosa y positivamente la faz y el espíritu de nuestras sociedades.

La diferencia entre sexos ha estado marcada históricamente por el sometimiento de la mujer al hombre, siendo origen de desigualdad, de discriminaciones y de empobrecimiento Averroes hace ya casi mil años denunciaba este mal: «Nuestro estado social no deja ver lo que de sí pueden dar las mujeres... y de ahí proviene la miseria que devora nuestras ciudades».

La incorporación de las mujeres a todos los ámbitos de la vida social, económica, cultural y política, con igualdad de derechos y obligaciones, se ha convertido en un eficaz motor de progreso.

Las Cortes de Castilla-La Mancha representan al pueblo de la Región, compuesto, concretamente, por 881.766 mujeres y 873.287 hombres.

El artículo 4.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha obliga a propiciar la efectiva igualdad del hombre y la mujer, y la presente Ley promueve de
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