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LEYES DE CASTILLA LA MANCHA
Volver a Leyes de Castilla La Mancha
LEY 16/2002, de 11 de julio, del IV Centenario de la publicación de «El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de La Mancha».
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Miércoles 18 septiembre 2OO2

BOE núm. 224

18105 LEY 16/2002, de 11 de julio, del IV Centenario de la publicación de «El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de La Mancha».

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El año 2005 se celebrará el IV Centenario de la primera edición de la obra de Miguel de Cervantes, «El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha». Don Quijote es un símbolo de la humanidad y un mito cultural que la Mancha siente honrosamente como suyo. Por eso, la celebración de este aniversario ofrece una ocasión única para vincular este símbolo que es «Don Quijote» a una realidad actual y dinámica, a un nuevo tiempo y espacio: Castilla-La Mancha en 2005.

La oportunidad que brinda este acontecimiento es la de dar a conocer Castilla-La Mancha pero no sólo en un aspecto cultural o literario, sino también en aspectos tales como los económicos, comerciales, industriales, turísticos... Se trata de transmitir la imagen de Castilla-La Mancha como la de una región moderna, llena de oportunidades, idónea como escenario de inversiones, capaz de desempeñar un papel importante en los flujos económicos y comerciales de la Europa de hoy. El objetivo es proyectar la realidad de una región llena de emprendedores y de industrias consolidadas que fabrican productos diversos de primera línea y de una sociedad joven, abierta, profundamente tolerante y comprometida con el progreso. Por eso, con esta Ley se quiere, también, crear una Red de Solidaridad que, apoyándose en el valor de una lengua común, trabaje en la consecución de la igualdad y el desarrollo de todos |os pueblos, fundamentalmente a través de la educación y la cultura.

Para alcanzar estos fines, se hace necesario que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se dote de una organización específica adecuada encabezada por un Comité Organizador. Sin embargo, la primera labor de coordinación y desarrollo de estos objetivos requiere la constitución inmediata de una empresa pública, a la que se denominará «Don Quijote de la Mancha, 2005». Esta empresa tendrá como finalidad crear una imagen específica del evento y vincularla a un conjunto de actividades promocionales a desarrollar desde 2002 a 2005, proyectando una nueva visión hacia el exterior de las realidades y potencialidades de Castilla-La Mancha.

En este sentido conviene recordar que el artículo 31 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, entre las competencias exclusivas otorgadas a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, recoge como 12.a la referida a la promoción y el desarrollo económico regional, en la 16.a se refiere a la competencia exclusiva en materia de patrimonio artístico, histórico y monumental, en la 17.a se alude al fomento de la cultura y de la investigación y en la 18.a, a la promoción del turismo en su ámbito territorial. Asimismo, el propio Estatuto faculta en su artículo 53.2 a la Junta de Comunidades para constituir empresas públicas como medio de ejecución de las funciones que sean de su competencia. Estos títulos competenciales habilitan para la regulación que se pretende hacer mediante esta Ley, cuyo objetivo es la promoción social, cultural y económica de Castilla-La Mancha vinculada a un evento de importancia universal como es el IV Centenario de la publicación de la novela «El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de La Mancha».

Artículo 1.

La presente Ley tiene por objeto impulsar la celebración del IV Centenario de la publicación de «El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha», regular y promover la participación en ella de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y garantizar la presencia activa del conjunto de la región, así como crear aquellos Entes y Organismos que resulten adecuados para la consecución de estos fines.

Artículo 2.

1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha promoverá cuantas actuaciones propicien que el IV Centenario contribuya al desarrollo social, cultural y económico de Castilla-La Mancha.

2. Igualmente, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha procurará el acercamiento y la colaboración entre cuantos compartimos la lengua castellana a fin de fomentar y difundir los valores universales de justicia, libertad y solidaridad que el Quijote simboliza.

Artículo 3.

1. El Consejo de Gqbierno creará el Comité Organizador del IV Centenario cuya denominación, composición y funciones se regularán reglamentariamente. En todo caso, formarán parte del mismo dos representantes de las Cortes de Castilla-La Mancha.

2. Sin perjuicio de ello, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se dotará de las Entidades y Organismos idóneos al objeto y fines señalados.

3. El Gobierno Regional procurará la cooperación necesaria, en todos los ámbitos de la vida social, cultural y económica, con todas las Administraciones Públicas y con cuantos Organismos, públicos y privados, locales, nacionales e internacionales tengan un interés legítimo en la celebración de este Centenario.

Artículo 4.

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha prestará especial atención a las iniciativas de los ciudadanos, asociaciones y empresas de Castilla-La Mancha que pretendan participar en esta conmemoración y a tal fin establecerá los programas que garanticen una celebración abierta a la iniciativa privada.

Artículo 5.

1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha promoverá la creación de una Red de Solidaridad que fomente y articule la colaboración entre cuantas entidades y personas desarrollen actividades de cooperación al desarrollo y de apoyo a los derechos humanos, en el marco de la conmemoración.

2. Los recursos que se gestionen a través de esta Red se destinarán preferentemente a promover el desarrollo educativo y cultural de los países y comunidades de lengua castellana.

3. El Consejo de Gobierno determinará las bases y el régimen de funcionamiento de esta Red de Solidaridad.

Artículo 6.

Se crea la Empresa Pública «Don Quijpte de la Mancha, 2005», adscrita a la Vicepresidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Artículo 7.

«Don Quijote de la Mancha, 2005» adopta la forma jurídica de sociedad mercantil, por lo que sus actividades se regirán por el ordenamiento jurídico privado, salvo
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