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LEYES DE CASTILLA LA MANCHA
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LEY 20/2002, de 14 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha.
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Martes 17 diciembre 2OO2

BOE núm. 3O1

24541 LEY 20/2002, de 14 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha.

Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La evolución económica y social de Castilla-La Mancha se debe, en buena medida, a las iniciativas que, bajo la forma jurídica de cooperativas en sus diferentes tipologías, han venido desarrollándose a lo largo del tiempo.

La promulgación de la primera Ley de Cooperativas de Castilla-La Mancha supone, en este sentido, el reconocimiento expreso en un texto legal de la destacada importancia de este sector empresarial en la Región.

Asimismo, con esta Ley, dando cabal cumplimiento al mandato constitucional de fomento de las cooperativas que contiene el artículo 129.2 de nuestra Carta Magna, se hace efectiva la competencia exclusiva que sobre esta materia recoge el artículo 31.1.22.a del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.

En un mercado abierto y competitivo, el modelo cooperativo se ha manifestado como una fórmula empresarial óptima por su versatilidad y por su capacidad para la creación de empleo estable.

La implantación de la moneda única europea determinará mayores exigencias de eficacia y competitividad empresarial, de las que no podrán sustraerse las cooperativas.

En este marco, va a resultar fundamental la rapidez en la toma de decisiones por órganos de administración ágiles y profesionales, la necesidad de reforzar los recursos financieros, la posibilidad de actuar en cualquier actividad económica, el establecimiento de alianzas o la participación en estructuras empresariales de orden superior que permitan competir en idénticas condiciones que el resto de las empresas.

Son estos principios, junto con el reconocimiento de un alto grado de autorregulación a través de los Estatutos sociales y de los propios órganos sociales, la flexibili-zación del régimen económico y el apoyo decidido a la creación de estructuras cooperativas intermedias, los objetivos principales de esta Ley.

Todo ello con el mantenimiento de los valores que encarnan los principios cooperativos formulados por la Alianza Cooperativa Internacional, y que sustentan los
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