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LEYES DE VALENCIA
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LEY 17/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalidad Valenciana para el ejercicio 2004.
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BOE núm. 35

Martes 10 febrero 2004

5841

2434 LEY 17/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalidad Valenciana para el ejercicio 2004.

Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que las Cortes Valencianas han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:

PREÁMBULO

La elaboración de los Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el año 2004 se ha orientado sobre la base de una coyuntura económica favorable, en torno a los siguientes ejes estratégicos básicos:

Incremento de los recursos destinados a las políticas sociales.

Potenciación de las inversiones en infraestructuras destinadas a mejorar la cohesión territorial de nuestra Comunidad y el crecimiento económico.

Fomento de las políticas favorecedoras de la creación de empleo y la actividad empresarial.

Impulso de la innovación tecnológica y los procesos de Investigación y Desarrollo.

La consecución de estos objetivos se articula a efectos presupuestarios sobre la base de una eficiente y eficaz asignación de los recursos públicos de la Generalitat, cuya dotación se ha visto notablemente mejorada tras la aprobación del vigente modelo de financiación. En este marco, cabe destacar el esfuerzo realizado en materia tributaria para el próximo ejercicio que incluye una apuesta por la reducción de la presión fiscal en nuestra Comunidad que se materializa en la progresiva supresión del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para adquisiciones «mortis causa».

La Generalitat Valenciana, con estos presupuestos, y en la senda iniciada en ejercicios anteriores, se compromete con la estabilidad presupuestaria como uno de los objetivos fundamentales de su política económica, cuyo máximo exponente es el equilibrio presupuestario, lo que ha exigido llevar a cabo un riguroso esfuerzo de optimización de los ingresos y una priorización en las políticas de gasto. Todo ello con el fin de que la estabilidad presupuestaria se convierta a corto plazo en una característica estructural de su Presupuesto gracias a una política basada en el control del gasto público sin comprometer con ello la potenciación del gasto social.

Con respecto al contenido concreto del articulado, cabe destacar que un año más, y de acuerdo con la
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