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LEYES DE LA RIOJA
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LEY 15/2005, de 23 de diciembre, para la aprobación y autorización del Convenio de colaboración entre el Gobierno de La Rioja y la Junta de Castilla y León para la planificación y ejecución de obras de carreteras de interés de ambas Comunidades
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BOE núm. 40

Jueves 16 febrero 2006

6169

La Carretera de Salas de los Infantes a la N-232 en Cenicero, no solo constituye un eje vertebrador de las zonas vecinas, sino que tiene una importancia turística al suponer la conexión entre los monasterios y monumentos de Burgos y La Rioja.

Las Carreteras de Belorado a Haro, de Miranda de Ebro a Tirgo y de Miranda de Ebro a Haro sirven para mejorar las relaciones entre las poblaciones próximas de las dos Comunidades.

La Carretera de Vinuesa a la N-111 por Villoslada de Cameros permitirá acondicionar los accesos a la Sierra y a la zona de las Viniegras en las dos Comunidades, lo que contribuirá a potenciar sus posibilidades y desarrollo turístico.

La Carretera de Soria al límite de provincia de Navarra por Arnedo y Rincón de Soto, articula todo el Valle del Cidacos y permite mejorar la comunicación entre las Comunidades de Castilla y León y La Rioja con Navarra constituyendo una conexión entre las Carreteras N-111 y la N-232 de la Red del Estado.

3. Programación de actuaciones.

De los itinerarios relacionados en el apartado anterior, ambas partes consideran conveniente establecer una programación temporal, con una prioridad de actuaciones, y en este sentido establecen la siguiente:

En Castilla y León:

SO-830, de Vinuesa al Puerto de Santa Inés. BU-733 de Miranda de Ebro a L.C.A. de La Rioja. BU-735 De Miranda de Ebro a L.C.A. de La Rioja. SO-830 del Puerto de Santa Inés a L.C.A de La Rioja. BU-825 de Salas de los Infantes a L.C.A de La Rioja. BU-811 de N-120 a L.C.A de La Rioja. SO-615 de Garray (N-111) al Puerto de Oncala. SO-615 del Puerto de Oncala al L.C.A. La Rioja incluyendo la Variante deYanguas.

En La Rioja:

LR-113, del L.R de Burgos a la N-232 en Cenicero. LR-111, del L.R de Burgos a la N-124 en Haro. LR-115, del L.R de Soria a Arnedillo. LR-209, de L.R de Burgos a la N-232 enTirgo. LR-333, de N-111 a la LR-113 por Villoslada y Viniegra de Arriba.

LR-306, de la LR-111 a L.R Burgos.

4. Redacción de proyectos y ejecución de obras.

Cada Administración se encargará de la redacción de los Proyectos que se recogen en el apartado tercero, dentro de su territorio. Ambas Administraciones se comprometen a través de la Comisión Mixta que se crea en este Convenio a establecer una coordinación en lo que se refiere a las características técnicas de las vías y a la simultaneidad de las obras.

5. Disponibilidad de los terrenos.

La obtención de los terrenos necesarios para ejecutar las obras corresponderá a la Administración titular de la vía respectiva.

6. Contratación y financiación de las obras.

Cada una de las obras de las Carreteras incluidas en este Convenio será contratada y financiada por la Administración a que corresponde el territorio.

7. Seguimiento del Convenio.

Para el seguimiento del desarrollo de este Convenio se creará una Comisión Mixta formada por dos representantes de la Dirección General de Carreteras de la Junta de Castilla y León y otros dos representantes de la Dirección General de Obras Públicas del Gobierno de La Rioja.

Las cuestiones que puedan plantearse en el futuro con respecto a las competencias de cada Administración respecto a carreteras de interés común no contempladas expresamente en el texto se resolverán a través de la Comisión Mixta.

Esta Comisión Mixta se reunirá al menos una vez cada seis meses y de una manera alternativa en cada Comunidad Autónoma.

8. Plazos.

Las actuaciones reseñadas como prioritarias serán abordadas en su totalidad en un plazo máximo de 5 años a partir de la firma del presente Convenio.

En este sentido ambas Administraciones se comprometen a que los respectivos proyectos de construcción estén redactados en un plazo máximo de tres años a partir de la firma del presente Convenio.

9. Otros acuerdos.

Además de los acuerdos a que se refieren los apartados anteriores relativos al objeto básico de este Convenio, ambas Administraciones establecen:

a) Vialidad invernal Puerto de Santa Inés.

Las dos vertientes del Puerto de Santa Inés están en territorio de Castilla y León, si bien la vertiente Norte es más accesible desde las carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Por ello, se acuerda que sean los servicios de carreteras de La Rioja los que atiendan la vialidad del Puerto de Santa Inés en su vertiente Norte hasta el L.C.A. de La Rioja.

b) Carreteras de titularidad estatal.

Las dos Administraciones firmantes, teniendo en cuenta la importancia que para ambas Comunidades tiene la comunicación Burgos-Logroño, así como la comunicación con Madrid de La Rioja y Soria, manifiestan su interés porque se dé carácter prioritario dentro de las actuaciones del Ministerio de Fomento incluyéndolas dentro del Plan Sectorial de Carreteras 2005-2009, a las siguientes infraestructuras:

1. Construcción de la Autovía de la Carretera N-120 entre Burgos y Logroño.

2. Nueva Vía de Alta Capacidad entre Medinaceli (N-2) yTudela (N-232) por Soria.

Para conseguir este objetivo se realizarán todas las gestiones necesarias ante el citado Ministerio de Fomento.

10. Vigencia.

El presente Convenio entrará en vigor a la fecha de su firma y mantendrá su vigencia hasta la finalización de las previsiones temporales contempladas en el Acuerdo 8.

No obstante, el presente Convenio podrá ser objeto de futuras adendas que den cobertura a otras acciones en común o de interés para ambas Administraciones.

11. Naturaleza jurídica del Convenio.

Dado el carácter y el espíritu del Convenio, no procede recoger en Cláusula específica la utilización de la Vía Con-tencioso-Administrativa para resolver los litigios que pudieran surgir por el presente Documento, que se resolverán de mutuo acuerdo en base a la buena fe de ambas partes que ha servido para inspirar la voluntad de su firma.

El Consejero de Vivienda, Obras Públicas yTranspor-tes de la Comunidad Autónoma de La Rioja, Antonino Burgos Navajas.-EI Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León, Antonio Silván Rodríguez.
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